BOLETIN OFICIAL Nº 129 – 13/11/2024
La Dra. Lis Valdecantos, jueza en Juzgado de Primera Instancia Nº 7- Secretaría 14, en el expediente C-116231/2018, caratulado: “Prepara Vía Ejecutiva: VALLE FERTIL S.A. c/ ARGAÑARAZ, JUANA VALENTINA”, notifica a ARGAÑARAZ, JUANA VALENTINA (DNI 18154027), de la providencia que a continuación se transcribe: “San Salvador de Jujuy, 18 de Diciembre de 2018. I- Atento constancias de fs. 31, téngase por expedita la Vía Ejecutiva, en contra de la demandada JUANA VALENTINA ARGAÑARAZ, en consecuencia líbrese, en el domicilio denunciado, mandamiento de pago, ejecución, embargo y citación de remate por la suma de PESOS: TREINTA Y OCHO MIL NOVENTA con DIECINUEVE CENTAVOS ($38.090,19), en concepto de capital con mas la suma de PESOS: DOS MIL SEISCIENTOS SESENTA Y TRES con NOVENTA Y NUEVE CENTAVOS ($2.663,99) calculada provisoriamente para acrecidas y costas del juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes muebles de propiedad del demandado, hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo.- Asimismo cíteselo de remate para que en el termino de CINCO DIAS, concurra ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 7, Secretaria Nº 14, a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución.- Además requiérasele manifestación sobre si los bienes embargados, registran prendas u otros gravámenes y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante. II- Córrasele traslado del pedido de intereses, gastos y costas, por igual termino que el antes mencionado, con la copia respectiva y bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. III- Asimismo y también por el mismo plazo señalado se intimara a la demandada, para que constituya en el domicilio legal dentro del radio de los TRES KILÓMETROS, del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificársela en lo sucesivo por Ministerio de Ley. (Art.52 del ítem). IV- Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. Oficial de Justicia con los recaudos legales. V- Notifíquese y expídase Mandamiento”.-
08/11/13 NOV. LIQ. Nº 37971 $2.250,00.-