BOLETIN OFICIAL Nº 128 – 11/11/2024

DECRETO Nº 1423-S/2024.-

EXPTE. Nº 743-186/2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 SEP. 2024.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Téngase por promovido al Personal de Planta Permanente de la U. de O.: R6-01-25 Hospital “San Isidro Labrador”, individualizado en el Anexo I (Escalafón Profesional, Ley N° 4413) y en el Anexo II (Escalafón Profesional, Ley N° 4418), que forman parte integrante del presente Decreto, a partir del 01 de diciembre de 2021, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, se atendió con las partidas presupuestarias que prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos que a continuación se indican:

 

Ejercicio 2021 – Ley N° 6213, 2022 – Ley N° 6256 y 2023 – Ley N° 6325:

Gastos en Personal prevista en la Jurisdicción “R” MINISTERIO DE SALUD, Unidad de Organización 6-01-25 Hospital “San Isidro Labrador”.-

 

Ejercicio 2024 – Ley 6371:

Prevista en la Jurisdicción “R” MINISTERIO DE SALUD, Unidad de Organización R6-01- 25 Hospital San Isidro Labrador las partidas de Gastos en Personal, las que de resultar insuficiente tomarán fondos de la partida “01-01-01-01-01-100” Regularización Decretos N° 5064-HF-21 y N° 5351-HF-22, correspondiente a la Jurisdicción “K” Obligaciones a cargo del Tesoro.-

 

EJERCICIOS ANTERIORES (Períodos no Consolidados):

En caso de existir periodos adeudados, se atenderá con la partida “3-10-15-01-26-0 “p/pagos obligaciones no comprometidas presupuestariamente en ejercicios anteriores” prevista en la Jurisdicción “L” DEUDA PUBLICA del Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, vigente, cuya administración y ejecución corresponde a Contaduría de la Provincia de acuerdo a la efectiva disponibilidad de fondos.-

 

ARTÍCULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros Jefe de Gabinete, de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR