BOLETIN OFICIAL Nº 127 – 08/11/2024
MUNICIPALIDAD DE EL AGUILAR.-
DECRETO N° 027/24 “D.E.” –
EL AGUILAR, 04 OCT. 2024.-
VISTO:
El Expediente N° 800-5-2024-0 CARATULADO: “TRIBUNAL DE CUENTAS DE LA PROVINCIA DE JUJUY – INTIMAR A LOS RESPONSABLES DE LA MUNICIPALIDAD DE EL AGUILAR A PRESENTAR LA RENDICION DE CUENTAS GENERAL ANUAL EJERCICIO 2022”,
y el Expediente N° 800-362-2024-0 CARATULADO: AUDITORIA DE LA PROVINCIA DE JUJUY – INTIMAR A LA MUNICIPALIDAD DE EL AGUILAR A PRESENTAR LA RENDICION DE CUENTAS CORRESPONDIENTE AL EJERCICIO 2023”.
Y CONSIDERANDO,
Que, por cédula de notificación N° 120-AGPJ-2024 de fecha 09/02/2024 el Auditor General de la Comisión de Control VI de la Auditoría General de la Provincia de Jujuy intima al actual Intendente de la Municipalidad de El Aguilar a presentar la Rendición de Cuentas Anual correspondiente al Ejercicio 2022 e informar la nómina de datos personales completos de los responsables del mencionado ejercicio, en el término de quince (15) días y bajo apercibimiento de aplicar sanciones conforme art. 25 inc. d de la Ley 6364 en caso de incumplimiento.
Que, por nota de fecha 19 de febrero de 2024, el actual Intendente de la Municipalidad de El Aguilar, da cumplimiento a lo dispuesto, señalando la nómina de sujetos responsables para el ejercicio en cuestión, resultando ser los siguientes:
a.- Intendente: Alejo, Sergio José. D.N.I. N° 25.663.995
b.- Secretario de Hacienda: Condori, Gustavo Cayetano. D.N.I. N° 35.032.564
c.- Tesorera: Urzagasti, Jorgelina Victoria, D.N.I. N° 38.746.887
Que, por cédula de notificación N° 1232-AGPJ-2024 de fecha 24/04/2024 el Auditor General de la Comisión de Control VI de la Auditoría General de la Provincia de Jujuy notifica que por la Rendición de Cuentas Anual periodo 2022 se intima por segunda vez a los responsables para que en el plazo de quince días procedan a la presentación, recordando que los funcionarios en ejercicio del cargo al momento del vencimiento del plazo de presentación y/o intimación son responsables de la presentación ante la Auditoria General de la Provincia, según lo normado en la Resolución 26-AGPJ-2024 artículo 24: “Serán responsables de la presentación de la Rendición de Cuentas Anual, los funcionarios que se encontraren en ejercicio del cargo al tiempo en que se produzca el vencimiento del plazo para su presentación, aun cuando estos no hubieran ejercido la administración en el periodo de rendición”.
Que, por cédula de notificación N° 3549-AGPJ-2024 de fecha 03/09/2024 en el marco del Expediente N° 800-362-2024-0 se intimó nuevamente al actual Intendente de la Municipalidad de El Aguilar a presentar la Rendición de Cuentas Anual del periodo 2023, recordando que los funcionarios en ejercicio del cargo al momento del vencimiento del plazo de presentación y/o intimación son responsables de la presentación ante la Auditoria General de la Provincia, según lo normado en la Resolución 26-AGPJ-2024 bajo apercibimiento de aplicarse la multa establecida en el Artículo 1° de la Resolución N° 169-AGP-2024, reglamentaria del Artículo 25 inciso d de la Ley 6364 equivalente a dos (2) Salarios Mínimo, Vital y Móvil a cada responsable que incumpliere con el requerimiento formulado.
Que, por nota de fecha 09/09/2024 el actual Intendente de El Aguilar manifestó ante la Auditoría General de la Provincia que en relación a la Rendición de Cuentas correspondiente al ejercicio 2023, la misma compete a las autoridades que ejercieron funciones hasta el 10 de diciembre de 2023.
Que, en ese marco, se informó que, al momento de asumir, no se entregó la documentación correspondiente al periodo 2023, situación que representa una irregularidad administrativa que debe ser subsanada por quienes se encontraban a cargo de la administración en dicho ejercicio: Ex intendente Sr. Sergio José ALEJO DNI. N° 25.663.995. Ex secretario de Hacienda Sr. Gustavo Cayetano CONDORI DNI. N° 35.032.564, ex tesorera Sra. Jorgelina Victoria URZAGASTI DNI. Nº 38.746.887.
Que, se remarcó que la rendición de cuentas es una obligación inherente a la gestión pública y que, de acuerdo con lo establecido en el artículo 25 de la Ley N° 6364-2023, la responsabilidad de presentar la rendición de cuentas anual recae sobre las autoridades que se encontraban en ejercicio al momento del vencimiento del plazo, aun cuando estas hayan dejado el cargo.
Que, en tal sentido, se solicitó que se intime a las autoridades de la gestión anterior, quienes deben ser las responsables de cumplir con esta obligación legal, y se tomen las medidas correspondientes para corregir esta situación.
Que, no obstante, por medio de la Resolución N° 301-AGPJ-2024 de fecha 30 de agosto de 2024 se impuso al actual Intendente de El Aguilar la multa establecida en el Artículo 1° de la Resolución N° 169-AGP-2024, reglamentaria del Artículo 25 inciso d de la Ley 6364 equivalente a dos (2) Salarios Mínimo, Vital y Móvil.
Que, de conformidad con lo expuesto, corresponde el dictado del Decreto administrativo por el cual se intime formalmente a la gestión anterior integrada por los Sres. Alejo, Sergio José. D.N.I. N° 25.663.995, Condori, Gustavo Cayetano. D.N.I. N° 35.032.564 y Urzagasti, Jorgelina Victoria, D.N.I. N° 38.746.887 a proceder con la presentación de la rendición de cuentas correspondiente al período 2022 y 2023, y la presentación por ante esta Municipalidad de la siguiente documentación pública obligatoria según lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley N° 4466, Art. 57, 62, 65) que respalde las operaciones contables, financieras y administrativas llevadas a cabo durante su gestión, incluyendo:
* Libros contables: Libro Caja, Imputaciones de Recursos, Imputaciones de Gastos, Inventario, etc.
* Comprobantes de ingresos y egresos de los fondos Municipales.
* Planillas de sueldos y recibos de haberes desde el año 2016 hasta el cierre de su gestión en diciembre de 2023.
* Cualquier otra documentación necesaria que pueda ser solicitada por la Auditoría General u otros organismos de control.
* Un informe de los asuntos pendientes, que incluya gestiones, obras y recursos financieros del municipio al momento del traspaso (ej. materiales que figuran en el acta de entrega para la Pileta Climatizada, requerimos el cuerpo del proyecto, responsable técnico, financiamiento, etc.).
Por lo expuesto,
EL SR. INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL AGUILAR
DECRETA:
Artículo 1°: Intimar a los Sres. Alejo, Sergio José. D.N.I. N° 25.663.995, Condori, Gustavo Cayetano. D.N.I. N° 35.032.564 y Urzagasti, Jorgelina Victoria, D.N.I. N° 38.746.887 a proceder con la presentación de la rendición de cuentas correspondiente al período 2022 y 2023, y la presentación por ante esta Municipalidad de la documentación pública obligatoria que se detalla en el considerando según lo dispuesto en la Ley Orgánica de Municipalidades (Ley N° 4466, Art. 57, 62, 65).
Artículo 2°: Otorgar a los Sres. Alejo, Sergio José. D.N.I. N° 25.663.995, Condori, Gustavo Cayetano. D.N.I. N° 35.032.564 y Urzagasti, Jorgelina Victoria, D.N.I. N° 38.746.887 el plazo perentorio e improrrogable de diez días hábiles a contarse desde la notificación para el cumplimiento de lo ordenado en el artículo primero.
Artículo 3°: Informar a los requeridos que en caso de incumplimiento a lo ordenado se remitirá copia fiel de las presentes actuaciones a la justicia penal para que investigue la comisión de posibles tipos penales vinculados a su gestión.
Artículo 4°: Notifíquese por cédula en los domicilios constituidos por ante la Municipalidad de El Aguilar por duplicado con la transcripción de toda la providencia dejándose constancia si los requeridos no supieren, no pudieren o no quisieren firmar.
Artículo 5°: Para el caso de no poderse cumplir la diligencia, procédase conforme los arts. 58 cc. y ss. de la Ley 1886.
Artículo 6: Cumplido, remítase copia de lo actuado a la Auditoría General de la Provincia de Jujuy en el marco de las actuaciones de la referencia.-
José Humberto Sajama
Intendente