BOLETIN OFICIAL Nº 126 – 06/11/2024

El Dr/a. juez/a en Cámara en lo Civil y Comercial – Sala I – Vocalía 3, en el expediente C-240310/2023, caratulado“Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: BRILS, HECTOR RUBEN y NAVARRO, SILVIA MARIEL c/ HERRERA, CONCEPCION GUADALUPE y otros”, notifica a los herederos de la SRA. PETRONA MIRANDA, de la providencia que a continuación se transcribe: “San Salvador de Jujuy, 26 de Septiembre de 2024.- 1. De la demanda ordinaria por prescripción adquisitiva interpuesta, corráse traslado de la misma a los herederos de la Sra. Petrona Miranda y al Sr. Justo Clemente Quispe, en su carácter de heredero de la Sra.  Concepción Guadalupe Herrera, (conforme lo denuncia la Dra. MONICA BEATRIZ TORRES), al domicilio denunciado para que la contesten dentro del plazo de QUINCE DIAS hábiles bajo apercibimiento de darles por decaído el derecho a hacerlo si así no lo hicieren (Art. 439,440 y 441 del C.P.C y C).- 2. Asimismo, íntimeselos en igual término para que constituyan domicilio legal dentro del radio de asiento este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarles en lo sucesivo por Ministerio de Ley.- 3. A los fines de la notificación de la presente providencia, con respecto a los herederos de la Sra. PETRONA MIRANDA líbrense edictos que se publicaran por tres veces, dentro de un período de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local del lugar del inmueble a usucapir.- 4….5….6. …7. Notifíquese por cédula”. Fdo. Esteban Javier Arias Cau – Juez. Ante Mi Beatriz Hiruela – Prosecretario Técnico Administrativo.-

 

04/06/08 NOV. LIQ. Nº 37899 $2.250,00.-