BOLETIN OFICIAL Nº 124 – 01/11/2024
DECRETO Nº 1874-S/2024.-
EXPTE. Nº 0721-1194/2023.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 OCT. 2024.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°.- Téngase por reconocido el adicional por permanencia en el servicio de guardia del 30% a partir del 27 de diciembre de 2017 y del 60% a partir del 27 de diciembre de 2022, sobre la categoría de ingreso, a favor del Dr. Vicente Silvio Barros, CUIL 20-24761199-2, cargo categoría A (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.: R6-01-09 Hospital Dr. Guillermo Cleland Paterson, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTÍCULO 2°.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar a la partida presupuestaria Deuda Pública Provincial “3-10-15-1-26-0: Para Pago de Obligaciones No Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, la erogación que demande el adicional por permanencia en el servicio de guardia del Dr. Vicente Silvio Barros, CUIL 20-24761199-2, correspondiente al 30% sobre la categoría de ingreso, por el periodo comprendido entre el 01 de agosto de 2021 al 26 de diciembre de 2022, por encontrarse prescripto los periodos anteriores en virtud de lo dispuesto en el artículo 2562 del Código Civil y Comercial de la Nación y del 60% a partir del 27 de diciembre de 2022, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
EJERCICIO 2024
Con las respectivas partidas de Gastos en Personal, asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización R6-01-09 Hospital Dr. Guillermo C Paterson.‑
ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros Jefe de Gabinete de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR