BOLETIN OFICIAL Nº 123 – 30/10/2024
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETO Nº 2800-24.040.-
EXPEDIENTE Nº 16–14922–2024-1.-
San Salvador de Jujuy, 24 OCT. 2024.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza N° 8073/2024, sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 16/2024, celebrada el día 17 de Octubre de 2024, mediante el cual se establece el marco regulatorio para determinar los requisitos, obligaciones, procedimiento y condiciones que deberán seguir los prestadores del Servicio de Transporte Alternativo de Pasajeros mediante Taxis, establecido por la Ordenanza N° 3089/2000 y sus modificatorias, para el uso de Aplicaciones y Plataformas Electrónicas de Transporte; y
CONSIDERANDO:
Que, tomado conocimiento el señor Secretario de Servicios Públicos, el mismo no expresa objeción al Proyecto de Ordenanza antes citado, por lo cual corresponde el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;
Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal,
EL INTENDENTE MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 8073/2024, Proyecto sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy en Sesión Ordinaria N° 16/2024, celebrada el día 17 de Octubre de 2024, mediante la cual se establece el marco regulatorio para determinar los requisitos, obligaciones, procedimiento y condiciones que deberán seguir los prestadores del Servicio de Transporte Alternativo de Pasajeros mediante Taxis, establecido por la Ordenanza N° 3089/2000 y sus modificatorias, para el uso de Aplicaciones y Plataformas Electrónicas de Transporte.-
ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Servicios Públicos, Dn. GUILLERMO F. MARENCO, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Dirección General de Transito y Transporte, Secretaría de Hacienda, Coordinación General de Comunicación y a las distintas Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo Municipal. Asimismo remítase un ejemplar del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-
Arq. Raúl E. Jorge
Intendente