BOLETIN OFICIAL Nº 120 – 23/10/2024
MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETO Nº 2790.24.008.-
EXPEDIENTE Nº 16–14092–2024-1.-
San Salvador de Jujuy, 22 OCT. 2024.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza N° 8066/2024, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 15/2024 de fecha 03 de Octubre de 2024, mediante el cual se adhiere la Municipalidad de San Salvador de Jujuy a la Ley Provincial N° 6407/2024 de “Declaratoria como Patrimonio Cultural Vivo a la arquitectura con tierra en la Provincia de Jujuy”; y
CONSIDERANDO:
Que, tomado conocimiento el señor Secretario de Obras Públicas, el mismo expresa que no hay objeción al Proyecto de Ordenanza antes citado, por lo cual corresponde el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;
Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 8066/2024, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 15/2024 de fecha 03 de Octubre de 2024, mediante la cual se adhiere la Municipalidad de San Salvador de Jujuy a la Ley Provincial N° 6407/2024 de “Declaratoria como Patrimonio Cultural Vivo a la arquitectura con tierra en la Provincia de Jujuy”.-
ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Obras Públicas, Arq. ALDO ALFREDO MONTIEL, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Dirección General de Planeamiento Urbano y Ordenamiento Territorial y a la Coordinación General de Comunicación Municipal. Asimismo remítase un ejemplar del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-
Arq. Raúl E. Jorge
Intendente