BOLETIN OFICIAL Nº 120 – 23/10/2024
DECRETO N° 1673-S/2024.-
EXPTE. N° 716-588/2021.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 SEP. 2024.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA
ARTICULO 1°.- Téngase por reconocido a la Dra. Llamas Pol, María Laura CUIL N° 27-18444911-6, cargo categoría D (j-2), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.: R6-01-04 Hospital “San Roque”, el adicional por permanencia en el Servicio de Guardia sobre categoría de ingreso del 30% a partir del 01 de agosto de 2004; del 60% a partir del 01 de agosto de 2009 y del 90% a partir del 01 de agosto del 2014, de conformidad a lo expresado en el exordio. –
ARTÍCULO 2°.- Autorizase al Ministerio de Salud a imputar a las partidas presupuestarias “03-10-15-01-26 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, la erogación que demande el adicional por permanencia en el servicio de guardia de la Dra. Llamas Pol María Claudia correspondiente al 90 % sobre la categoría de ingreso, a partir del 01 de junio de 2019, por encontrarse prescriptos los períodos anteriores en virtud de lo dispuesto por el Artículo 4027° del Código Civil y por los Artículos 2537° y 2562° del Código Civil y Comercial de la Nación.‑
EJERCICIO 2024:
Con la respectiva partida de Gasto en Personal de la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización R 6-01-04 Hospital San Roque.
EJERCICIOS ANTERIORES:
Deuda Pública Provincial “3-10-15-01-26-0: Para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública, las erogaciones emergentes del presente Decreto que correspondan a ejercicios anteriores. –
ARTÍCULO 3°.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros Jefe de Gabinete, de Salud y de Hacienda y Finanzas. –
ARTÍCULO 4°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR