BOLETIN OFICIAL Nº 120 – 23/10/2024
DECRETO Nº 1419-S/2024.-
EXPTE. Nº 723-645/2021.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 09 SEP. 2024.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos – Ejercicio 2024 – Ley Nº 6371, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R6-01-11 Hospital Dr. Oscar Orias
SUPRIMASE:
Categoría N° de Cargos
E 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley N° 4135 modif. Nº 4418
Total 1
CREASE:
Categoría N° de Cargos
A-1 1
Agrup. Profesional
Escalafón Profesional
Ley N° 4413
Total 1
ARTÍCULO 2º.- Téngase por designada en carácter de interino a la Licenciada en Nutrición Fabiola Viviana Alarcón, CUIL N° 27-17680944-8, en el cargo categoría A-1, Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional. Ley N° 4413, para cumplir funciones inherentes a su profesión en la U. de O.: R 6-01-11 Hospital Dr. Oscar Orias, a partir del 14 de mayo de 2021 y hasta el llamado a concurso del mismo.-
ARTÍCULO 3º.- La erogación emergente del presente Decreto, se comprometió a las partidas previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos, que a continuación se detallan:
EJERCICIOS 2021, Ley N° 6213 – 2022, Ley N° 6256 – 2023, Ley N° 6325:
Las partidas de Gastos en Personal en la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización: R6-01-11 Hospital Dr. Oscar Orias.-
EJERCICIO 2024, Ley N° 6371
Con la respectiva partida Gastos en Personal asignada a la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, Unidad de Organización R6-01-11 Hospital Dr. Oscar Orias.-
En caso de que en Ejercicios Anteriores no haya sido liquidada y abonada la designación interina que se trata, la misma se atendería con la siguiente partida prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos vigente:
EJERCICIOS ANTERIORES
Deuda Pública Provincial “03-10-15-1-26-0″ para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública.-
ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por los Ministros Jefe de Gabinete, de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 5º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR