BOLETIN OFICIAL Nº 119 – 21/10/2024
El Dr. Daniel Horacio Camu, Juez del Tribunal del Trabajo- Sala 1 – Vocalía Nº 3 de la provincia de Jujuy, en el Expediente C-174559/21, caratulado: “Despido: ROBERTO FABIAN ALCOBA c/ MARIO UBALDO MIRANDA y MALENA JUDITH QUISPE”, ha dictado el siguiente decreto: San Salvador de Jujuy, 01 de julio del 2024.- Atento al resultado infructuoso de las diversas diligencias libradas por este Tribunal y proveyendo al pedido formulado en el escrito Nº 12592005, notifíquese a los accionados Mario Ubaldo Miranda, D.N.I. Nº 29.707.948 y Malena Judith Quispe, D.N.I. Nº 29.915.370, del decreto de fecha 12/4/2021 mediante Edictos que se publicarán por TRES (3) veces en CINCO (5) días en el Boletín Oficial de la provincia y en un diario de masiva circulación local, cuyo diligenciamiento queda a cargo del letrado de la parte actora Dr. Roque F. Chauque.- Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Daniel H. Camu (Juez) Dra. Susana Ramires (Secretaria Administrativa) El decreto de fecha 12/4/2021 dice: San Salvador de Jujuy, 14 de Abril de 2021. De la demanda interpuesta y su ampliación CORRASE TRASLADO a los accionados Sres. Mario Ubaldo Miranda DNI 29.707.948 y Malena Judith Quispe DNI 29.915.370, en el domicilio denunciado, a quien se les emplaza para que comparezca ante este Tribunal a contestarla en el término de QUINCE (15) DIAS, bajo apercibimiento de tenerla por contestada si así no lo hicieran (Art. 51 C.P.T.). Asimismo intímase a la demandada para que en igual término, constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KILÓMETROS del asiento de este Tribunal, bajo apercibimiento de notificarle sucesivas resoluciones por Ministerio de la Ley (Art. 22 del C.P.T. y 52 del C.P.C.).- Notificaciones en Secretaría, los martes y jueves o el día siguiente hábil, si alguno de ellos fuera feriado. Notifíquese por cédula.- Fdo Dr. Alejandro H. Domínguez (Juez Habilitado) Dr. Hugo H. Cicero (Prosecretario). Se libra a tenor de lo que disponen los arts. 8 de la ley Procesal del Trabajo y 20 de la L.C.T., hallándose su trámite exento de tasas y sellados.- Secretaría, 30 de septiembre del 2024.-
18/21/23 OCT. S/C.-