BOLETIN OFICIAL Nº 117 – 16/10/2024
DECRETO Nº 1582-S/2024.-
EXPTE. Nº 716-519/2014.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 SEP. 2024.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Dejase sin efecto el Decreto N° 2426-S-2020, de fecha 21 de diciembre de 2020, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.- Téngase por reconocido a la Bioquímica Viviana Vanesa Izquierdo, CUIL 23-24399400-4, cargo categoría A (j-1), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, Ley N° 4418, de la U. de O.: R6-01-04 Hospital “San Roque”, el adicional por permanencia en guardia del 30% sobre la categoría de ingreso, por el período comprendido entre el 3 de agosto de 2010 y el 12 de julio de 2017, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 3º.- La erogación que demande el cumplimiento de lo dispuesto en el articulo precedente, se atenderá con la partida presupuestaria prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2024, Ley N° 6371, que a continuación se indica:
EJERCICIO 2024
La partida de 03-10-15-01-27-00 “Gtos. De Juicio contra el Estado Pcial. Fiscalía de Estado”, Jurisdicción “L” Deuda Pública, Unidad de Organización L Deuda Pública.
ARTÍCULO 4º.- Lo dispuesto en el presente decreto es al solo efecto de dar cumplimiento con la Sentencia Judicial dictada por el Tribunal Contencioso Administrativo-Sala I-Vocalía 1 en el Expte. N° C-189081/21, caratulado: Contencioso Administrativo de Plena Jurisdicción Izquierdo, Viviana Vanesa c/Estado Provincial.-
ARTÍCULO 5º.- El presente decreto será refrendado por los Ministros Jefe de Gabinete, de Salud y de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR