BOLETIN OFICIAL Nº 112 – 02/10/2024

CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUAS CALIENTES.-

ORDENANZA N° 30/2.024.-

REF: “Imposición de Nombre a las CALLES Y AVENIDAS del B° 1 DE AGOSTO y B” SAN ISIDRO.- Inic. Por Cal. Sra. Mercado Miriam E.

VISTO:

La necesidad de contar con el nombramiento de las calles del B° 1 DE AGOSTO Y B° SAN ISIDRO, para una mayor rapidez en la ubicación de los domicilios ya que es una manera de forjar la identidad de nuestros vecinos y valorizar nuestras raíces.

En uso de las atribuciones que le confiere el articulo 212 inc. 2) de la Constitución Provincial y el artículo 117 de la Ley Orgánica de Municipio 4466, y

CONSIDERANDO:

Que el espacio donde se encuentra asentado el B° 1 de Agosto pertenecía a Don Pedrín López desde el siglo pasado, hasta el año 2010 cuando se llega a un acuerdo con la Comisión Municipal por ese entonces a cargo de la Sra. Mirian Mercado quien paga esas tierras con recursos de la Comisión Municipal para dar respuesta a las familias que en ese entonces carecían de espacio propio.

Que imponer el nombre de Av. Pedrín López es una forma de recordar a quien en vida dio trabajo a cientos de residentes de Aguas Calientes.

Que como recordatorio a quienes fueron los primeros propulsores a la creación de la Escuela Adelina Ruiz de Chagra N°  168, Ubicada sobre Provincial N° 60 — el Paraje llamado la Obra perteneciente a jurisdicción de Aguas Calientes imponer el nombre de Juan Bautista Mercado y Isidoro Farfán a las calles paralelas a Av. Pedrín López.

Que imponer el nombre de Amado Felipe Mohamed a la calle que da ingreso al-B° 1 de Agosto sobre ruta Provincial N° 61 como recordatorio a quien en vida fue uno de los generadores de trabajo en la región de Aguas Calientes.

Que dar importante reconocimiento a quien en vida dono las tierras donde hoy se encuentra asentada la Escuela Adelina Ruiz de Chagra N° 168,  ubicada sobre Ruta Provincial N° 60 – el Paraje llamado Obra perteneciente a jurisdicción de Aguas Calientes imponer el nombre de Primo Zazzarini, imponer su nombre a la calle que da ingreso al B° San Isidro colindante con la capilla San Antonio de Padua sobre Ruta Provincial N° 61.

Que dar reconocimiento a quien en vida fue Don Gerónimo Parra que con pequeñas obras de donaciones para las Instituciones Públicas como por ejemplo al Puesto de Salud en el año de la pandemia  2.020 y: donaciones a vecinos en general, imponer su nombre a la calle que da ingreso B San Isidro (la ripiera) calle colindante con el polideportivo del mismo Barrio.

Que, imponer el nombre de Asunta Velázquez al pasaje ubicado paralelo a la calle Primo Zazzarini, doña Asunta Velázquez es una de las personas que más años ha vivido en la zona y ha luchado por la creación del SUM ubicado en B° San Isidro también ha colaborado en la construcción de la capilla San Antonio de Padua, dar reconocimiento a su solidaridad con los vecinos más necesitados.

Que, los vecinos se encuentran en la necesidad de contar con la debida identificación de los domicilios, a los fines de facilitar la recepción y envío de correspondencia epistolar, fijación y declaración de domicilios legales que pudieran corresponder en instrumentos públicos y privados, certificación de residencia y convivencia, como así también todo aquel trámite para la fijación de los servicios públicos y los respectivos Documentos Nacionales de Identidad.

Que, son deberes y atribuciones de los Concejales legislar en cuanto a la imposición de nombres a los Barrios, Calles, plazas, etc. y contribuyen al desarrollo, progreso y organización urbanística e institucional de nuestra ciudad.

Que esa necesidad se cubre con el arbitrio de dar nomenclatura a dicha arteria sin nombre.

Que dicha tarea corresponde al Poder Legislativo Municipal

Por todo ello, y de acuerdo a las facultades conferidas por la Carta Orgánica Municipal y demás legislación vigente:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE AGUAS CALIENTES SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA:

ARTÍCULO 1°: Denominase a partir de la promulgación de la presente norma legal como Barrio 1° DE AGOSTO al grupo habitacional ubicado dentro del ejido Municipal de Aguas Calientes: sobre Ruta Provincial N° 61.- *Como elemento práctico se adjunta croquis como Anexo 1 del presente marco legal.

ARTICULO 2°: Nominar las CALLES Y AVENIDAS del B° 1 de Agosto y B° San Isidro de conformidad a los nombres transcriptos en el ANEXO 1 de la presente norma legal. –

ARTICULO 3°: El departamento Ejecutivo Municipal a través del área de Transporte y transito deberá señalizar dicha arteria con los carteles correspondientes y dar sentidos de las calles.

ARTICULO 4°: Remítase al Departamento Ejecutivo Municipal para su efectiva aplicación y cumplimiento. Regístrese. Comuníquese. Cumplido. Archívese.

SALA DE SESIONES, 11 DE JUNIO DEL AÑO 2024.

 

Mirian E. Mercado

Presidente