BOLETIN OFICIAL Nº 111 – 30/09/2024

Dr. Carlos Marcelo Cosentini Presidente de trámite de la Cámara en lo Civil y Comercial – Sala III- Vocalía 7, en el expediente C-100358/2017, caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: VACA, SANTOS GREGORIO Y VACA, HECTOR JOSE c/ BERNAL ZAMBRANA, ENRIQUE, ordena notificar la Sentencia que a continuación se transcribe: En la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los veintiséis días del mes de Diciembre del año dos mil veintitrés, reunidos en el Recinto de Acuerdos de la Sala Tercera de la Cámara en lo Civil y Comercial,…Resuelve: 1.- Hacer lugar a la demanda de usucapión interpuesta por los Sres. SANTOS GREGORIO VACA y HÉCTOR JOSÉ VACA y declarar que los mismos han adquirido por prescripción veinteñal, cuyo plazo se ha cumplido en Noviembre de 1985, el inmueble el inmueble individualizado con Matrícula A-15862, Padrón Nº A-12390, Parcela 4, Manzana 113, Circunscripción 1, Sección 10 ubicado en calle Vicente López y Planes Nº 2149 de Villa Alberdi, Barrio San Pedrito, de San Salvador de Jujuy, debiéndose ajustar sus medidas a las que surgen especificadas en el Plano de mensura aprobado por la Dirección General de Inmuebles con el Nº 15172.- 2.- Ordenar la publicación de la parte dispositiva de la presente sentencia conforme lo exige el artículo 541 CPC, en las mismas condiciones previstas en los artículos 531 y 532 de la Ley Nº 5486. 3.- Firme y ejecutoriada la presente, disponer la inscripción del dominio del inmueble a nombre de los Sres. SANTOS GREGORIO VACA y HÉCTOR JOSÉ VACA a cuyo efecto se extenderá testimonio de la parte dispositiva de la presente, el que por oficio se remitirá a esos fines a la Dirección Provincial de Inmuebles, dejándose constancia que una vez cumplida la inscripción se entregará como título a la accionante. 4.-…- 5.-Protocolizar, notificar, hacer saber, dar copias.- Firmado por Cosentini, Carlos Marcelo – Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial Firmado por Caballero, Alejandra – Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial Firmado por Issa, Norma Beatriz – Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial Firmado por Bernal Fascio, María Jimena – Secretario de Primera Instancia. A tales fines, publíquese Edicto en el Boletín Oficial por un día (Art. 2.340 del C.C.C) y en un diario local por tres veces en cinco días (art. 436 del C.P.C.). San Salvador de Jujuy, 04 de setiembre de 2024.-

 

30 SEPT. LIQ. Nº 37446 $750,00.-