BOLETIN OFICIAL Nº 111 – 30/09/2024

DECRETO Nº 31-AyCC/2023.-

EXPTE. Nº 1100-783/2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 DIC. 2023.-

VISTO:

Las leyes N° 5.063 General de Medio Ambiente, Nº 6.248 Régimen de Brigadistas de Incendio de Vegetación y Nº 5.875 “Orgánica del Poder Ejecutivo”, los Decretos Acuerdo Nº 4.789-A/21, Nº 5.191-HF-2.022 y Decretos Nº 01-G-2.019, Nº 29-A-2.019, Nº 2.600-A-2.021, Nº 5.747-AyCC-2.022 y Nº 7.978-AyCC-2.023, y;

CONSIDERANDO:

Que, con el objetivo de afianzar las políticas ambientales que lleva adelante el Gobierno de la Provincia, para promover la conservación de ecosistemas y su biodiversidad y avanzar hacia un paradigma de desarrollo sustentable y abordar las consecuencias del cambio climático es necesario modificar la Estructura Orgánico-Funcional del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático;

Que, conforme lo dispone el artículo 4º de la Ley N° 5.875 “Orgánica del Poder Ejecutivo”, el Gobernador de la Provincia está facultado para determinar y establecer el número y funcionamiento de Secretarías, Coordinaciones de Áreas y Programas, Direcciones y demás organismos que estime necesario de acuerdo a las exigencias de la Administración General de la Provincia;

Por ello y en uso de las facultades propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Modifícase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, conforme se indica seguidamente:

A) SUPRIMASE:

 

1.- JURISDICCIÓN: “W” MINISTERIO DE AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO.

U.     DE        O.:  “W1” Ministerio de Ambiente y Cambio Climático

 

ESCALAFON:  PERSONAL JERÁRQUICO FUERA DE ESCALA

CARGO                                                                                                                        N° CARGOS

SUBDIRECTOR GENERAL DE DESPACHO                                                                                       1

TOTAL                                                       1

 

 

2.- JURISDICCIÓN: “W” MINISTERIO DE AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO.

U.     DE        O.:  “W6” SECRETARIA DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL TERRITORIAL

 

ESCALAFON:  PERSONAL JERÁRQUICO FUERA DE ESCALA

CARGO                                                                                                                          N° CARGOS

COORDINADOR DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL TERRITORIAL                                             1

TOTAL                                                        1

 

 

3.- JURISDICCIÓN: “W” MINISTERIO DE AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO.

U.      DE       O.:  “5D” DIRECCION PROVINCIAL DE INCENDIOS DE VEGETACIÓN Y EMERGENCIAS AMBIENTALES

 

 

 

ESCALAFON:  PERSONAL JERÁRQUICO FUERA DE ESCALA

CARGO                                                                                                                              N° CARGOS

JEFE DE CUADRILLA                                                                                                                                  10

 

TOTAL                                                      10

 

B) CREASE:

JURISDICCIÓN: “W” MINISTERIO DE AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO.

U.      DE       O.:  “5D” DIRECCION PROVINCIAL DE INCENDIOS DE VEGETACIÓN Y EMERGENCIAS AMBIENTALES

 

ESCALAFON:  PERSONAL JERÁRQUICO FUERA DE ESCALA

CARGO                                                                                                                              N° CARGOS

JEFE DE BRIGADAS                                                                                                                                       2

 

TOTAL                                                      2

 

ARTICULO 2º: Créase dos Jefaturas de Brigadas, dependiente de la U. de O.: “5D” Dirección Provincial de Incendios de Vegetación y Emergencias Ambientales.

ARTICULO 3º: Determínese que la Coordinación de Despacho dependerá directamente de la U. de O. “W1” Ministerio de Ambiente y Cambio Climático.

ARTICULO 4º.- Apruébase el Anexo I “Manual de Misiones y Funciones del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático”, y el Anexo II “Organigrama del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático” que forman parte del presente Decreto.

ARTICULO 5º.- Autorizase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que resulten necesarias para el efectivo cumplimiento de lo dispuesto en el presente Decreto.

ARTICULO 6º: Una vez realizadas las transferencias pertinentes, lo dispuesto en este Decreto se atenderá con la respectiva partida de gastos de personal, prevista para el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, y en caso de resultar insuficiente, autorizase a Contaduría de la Provincia a realizar las transferencias de crédito necesarias tomando

fondos de la partida prevista en la Jurisdicción “K” Obligaciones a cargo del Tesoro 1-1-1-1-1-20 para refuerzo de Partidas de Personal y Reestructuraciones.

ARTÍCULO 7º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Jefe de Gabinete de Ministros, la Sra. Ministra de Ambiente y Cambio Climático y el Sr. Ministro de Hacienda y Finanzas.

ARTÍCULO 8º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado. Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial. Siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Ambiente y Cambio Climático a sus efectos.

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR

 

ANEXO I – MANUAL DE MISIONES Y FUNCIONES

MINISTERIO DE AMBIENTE Y CAMBIO CLIMÁTICO

 

SECRETARIA DE CALIDAD AMBIENTAL

MISION

La Secretaría de Calidad Ambiental tendrá corno misión asistir al Titular de la cartera ministerial en todos los aspectos relacionados a la evaluación del impacto de las actividades antrópicas en el ambiente, la fiscalización y el control de la contaminación ambiental y la gestión de los residuos peligrosos, todo ello en el marco de lo previsto por la Constitución de la Provincia de Jujuy, la Constitución Nacional, y la normativa ambiental vigente.

FUNCIONES

1. Ejecutar programas de control y fiscalización de la actividad antrópica a los fines de preservar el equilibrio ambiental, la salud de las comunidades y mitigar riesgos ambientales.

2. Garantizar el cumplimiento de las normas ambientales provinciales, nacionales, regionales e internacionales.

3. Resolver los casos de inicio de procedimientos sumariales.

4. Evaluar los riesgos ambientales asociados a los agentes físicos, químicos y biológicos y establecer las medidas de prevención y control correspondientes.

5. Fiscalizar la aplicación de los instrumentos de prevención de control y de rehabilitación ambiental relacionados con los residuos peligrosos, el control y disposición de los efluentes líquidos, la calidad del aire, radiaciones no ionizantes y las sustancias y productos peligrosos.

6. Evaluar y fiscalizar de manera sistemática la gestión de Residuos Sólidos Urbanos en los Municipios y Comunas Municipales en lo relativo a impactos ambientales.

7. Proponer y promover la implementación de las políticas para la gestión integral de sustancias y productos químicos en coordinación con las entidades correspondientes.

8. Relevar y caracterizar los pasos ambientales existentes en la provincia, identificando los impactos producidos por los mismos en el suelo, agua, aire y el ambiente en general.

9. Formular y proponer los criterios para la elaboración de los planes de prevención, descontaminación y de tratamiento de pasivos ambientales.

10. Diseñar y ejecutar planes de emergencia ambiental y efectuar el seguimiento.

11. Prever los riesgos ambientales y desarrollar protocolos para actuar frente a la siniestralidad ambiental.

12. Evaluar los informes de impacto ambiental de prospección, exploración inicial o avanzada y explotación de proyectos mineros en carácter de titulares del Ministerio de Ambiente y Cambio Climático ante la Unidad de Gestión Ambiental Minera Provincial.

13. En general la adopción de las medidas y realización de todas las actividades que correspondan al cumplimiento de los fines de su competencia.

 

DIRECCIÓN DE EVALUACIÓN AMBIENTAL Y FISCALIZACIÓN

MISIÓN

La Dirección de Evaluación Ambiental y Fiscalización tiene como misión analizar y aprobar los estudios de impacto ambiental de la actividad antrópica y elaborar planes tácticos de control de la calidad ambiental de la provincia para fiscalizar y controlar los mismos. Por otra parte, la Dirección ejerce el poder de policía mediante la aplicación de normas respectivas en materia de calidad ambiental y contaminación.

FUNCIONES

1. Establecer un sistema de auditorías y monitoreos ambientales para controlar el cumplimiento de las condiciones y compromisos declaradas en los Estudios de Impacto Ambiental, de la eficacia de las medidas de protección ambiental adoptadas y de toda otra acción que le corresponda en el ejercicio del poder de policía.

2. Evaluar los estudios de impacto ambiental y ejecutar los procedimientos técnicos administrativos en el marco de la normativa ambiental en el territorio provincial y sus normas reglamentarias.

3. Otorgar el certificado de aptitud ambiental en el caso de aquellas actividades que ameriten un control continuo de conformidad con la normativa vigente.

4. Intervenir en el ejercicio del poder de policía ambiental en concurrencia con las autoridades de aplicación que la legislación vigente determine y en la forma y modo que establezca la reglamentación.

5. Intervenir en la determinación del impacto ambiental que pudiera sufrir el medio debido a la realización de todo tipo de obras, públicas o privadas, o acciones desarrolladas por el hombre.

6. Desarrollar acciones conducentes a prevenir los riesgos ambientales y promover la ejecución de actividades tendientes a la adecuada conservación del ambiente de la Provincia.

7. Llevar adelante los registros que en materia de ambiente establezca la normativa.

8. Ejecutar los procedimientos para el mejoramiento y control de los factores que inciden en la contaminación del agua, aire y suelo.

9. Proponer las normas ambientales en materia de su competencia.

10. Proponer los proyectos normativos tendientes a fijar los límites máximos permisibles de contaminación de naturaleza química, física o biológica.

11. Sustanciar el procedimiento sumarial ante supuestos incumplimientos a las normativas ambientales garantizando el debido proceso.

12. Determinar el alcance territorial de los Informes de Impacto Ambiental de proyectos mineros y su viabilidad técnica ambiental.

13. Preservar y mejorar la calidad del ambiente con los controles correspondientes. tanto mediante actividades programadas de monitoreo, como ejecutando operativos de prevención y control en establecimientos comerciales e industriales o realizando inspecciones que respondan a las denuncias y demandas recibidas.

14. Atender y gestionar las denuncias ambientales remitidas y/o consultas o requerimientos específicos en materia ambiental.

15. En general la adopción de las medidas y realización de todas las actividades que correspondan al cumplimiento de los fines de su competencia.

 

DIRECCIÓN DE RESIDUOS ESPECIALES Y PASIVOS AMBIENTALES

MISIÓN

La Dirección de Residuos Especiales y Pasivos Ambientales tiene como misión la implementación de las políticas para la gestión integral de sustancias y productos de características peligrosas en coordinación con las entidades correspondientes y propiciar el dictado de normas complementarias en materia de residuos peligrosos. También será misión de esta dirección abordar los pasivos ambientales en todo el territorio de la provincia y proponer planes de remediación, así como los procesos sumarios que determinen responsabilidades, medir el daño provocado y disponer las acciones para subsanarlo y garantizar el retorno del área impactada a la condición original.

FUNCIONES

1.        Garantizar el cumplimiento de la normativa nacional y provincial vigente en materia de residuos peligrosos y especiales estableciendo una correcta

trazabilidad de los mismos a los efectos de evitar impactos negativos sobre el ambiente.

2. Revisar mecanismos y métodos de manejo de desechos peligrosos y la gestión de vertidos industriales.

3. Sustanciar los procedimientos de evaluación ambiental de actividades, obras y proyectos que conlleven el manejo de desechos peligrosos.

4. Brindar apoyo técnico a las Unidades Ambientales Municipales en la gestión de desechos peligrosos.

5. Apoyar a las Autoridades Nacionales en el seguimiento del Convenio de Estocolmo sobre Contaminantes Orgánicos Persistentes (COPs), del Convenio de Viena para la Protección de la Capa de Ozono y el Protocolo de Montreal relativo a las Sustancias que Agotan la capa de Ozono (SAO) y con el Convenio de Basilea, sobre el control de los movimientos transfronterizos de los desechos peligrosos y su eliminación.

6. Asesorar técnicamente en situaciones de emergencia que involucren dispersión de residuos peligrosos y especiales.

7. Implementar un plan de contingencias ante emergencias ambientales en coordinación con los organismos correspondientes.

8. Relevar y caracterizar los pasivos ambientales existentes en la provincia. identificando los impactos producidos por los mismos en el suelo, agua, aire y el ambiente en general.

9. Gestionar un plan de remediación de los pasivos ambientales, que permita la recuperación de los sectores impactados.

10. Analizar las eventuales responsabilidades frente a pasivos ambientales, a los efectos de motorizar su remediación.

11. Emitir opiniones técnicas, cuando fueren solicitadas, para apoyar los procesos de evaluación y cumplimiento ambiental.

12. Incorporar en sus planes de trabajo los lineamientos de la estrategia nacional de medio ambiente y su plan de acción.

13. En general la adopción de las medidas y realización de todas las actividades que correspondan al cumplimento de los fines de su competencia.

 

SECRETARIA DE BIODIVERSIDAD Y DESARROLLO SUSTENTABLE

MISIÓN

La Secretaría de Biodiversidad y Desarrollo Sustentable tendrá como misión, asistir al titular de la cartera ministerial en la elaboración, ejecución y seguimiento de la Política Provincial   vinculada   a   la   gestión de recursos naturales, a la conservación de la biodiversidad, al Desarrollo Sustentable, el Ordenamiento Territorial de Bosques y el uso de suelo de la provincia; garantizando la integridad, el cuidado y la gestión sustentable de aquellas áreas que por sus valores biológicos hayan sido clasificadas con categoría de protección.

 

FUNCIONES

1.                    Desarrollar una política provincial de conservación de la biodiversidad, ordenamiento territorial de bosques nativos y desarrollo sustentable de manera articulada con las otras áreas del Gobierno.

2.                    Incorporar la dimensión ambiental en los planes, programas y proyectos de los organismos de la administración pública provincial y municipal.

3.                    Diseñar e implementar acciones que permitan la conservación, protección, manejo y uso sostenible de los recursos naturales, garantizando el patrimonio ambiental y cultural.

4.                    Promover la elaboración y ejecución de la política provincial vinculada a la gestión de los recursos naturales y la conservación de la biodiversidad, teniendo en cuenta la sustentabilidad social, económica y ambiental.

5.                    Promover el modelo de desarrollo sustentable en todo el territorio provincial mediante la gestión y articulación de políticas públicas y privadas que apunten a la investigación, innovación, capacitación, transferencia de conocimientos y la fiscalización de las actividades relacionadas a la protección y uso de los recursos naturales y el patrimonio cultural de la provincia.

6.                    Concurrir a la protección y conservación de aquellos bienes considerados de alto valor como componentes del patrimonio cultural de la provincia.

7.                    Asistir la evaluación de las actividades de intervención propuestas en los recursos forestales y de la flora nativa y promover el manejo y aprovechamiento sustentable, evaluando e implementando medidas de manejo.

8.                    Promover el manejo sustentable, la restauración y conservación de los Bosques Nativos de la provincia, a través de la implementación y ejecución de la Ley Nacional Nº 26.331 de Protección Ambiental de los Bosques Nativos y los distintos convenios que surjan en el marco de esa ley y normas de la provincia.

9.                    Asistir la evaluación de las actividades de intervención propuestas en los recursos forestales y de la flora nativa y promover el manejo y aprovechamiento sustentable, evaluando e implementando medidas de manejo.

10.                 Entender en la protección de los glaciares, preservando sus funciones como reservas estratégicas de recursos hídricos y proveedores de agua de recarga de cuencas hidrográficas.

11.                 Intervenir en emergencias ambientales, amenazas climatológicas e incendios forestales y rurales en el ámbito del territorio provincial, articulando acciones con fuerzas de seguridad y/u otras instituciones.

12.                 Concurrir el estudio y evaluación de cuencas.

13.                 Elaborar políticas públicas y programas destinados a luchar contra la desertificación, mitigar los efectos de la sequía, la reducción de la erosión y la salinización de suelos.

14.                 Proponer y promover estrategias integradas a largo plazo que se centren simultáneamente en el aumento de la productividad de los suelos, la rehabilitación, la conservación y el aprovechamiento sostenible de los suelos y los recursos hídricos, todo ello con miras a mejorar las condiciones de vida.

15.                 Difundir y promover prácticas de manejo sustentable del recurso suelo en un sentido amplio (Agricultura, forestación, ganadería, minería, infraestructura, residuos, áreas protegidas).

 

DIRECCION PROVINCIAL DE INCENDIOS DE VEGETACION Y EMERGENCIAS AMBIENTALES

MISION

Organizar y poner en funcionamiento los sistemas de detección, comunicaciones, alarmas y ejecución, estableciendo los protocolos, las estrategias y procedimientos de protección ambiental en materia de emergencias ambientales, amenazas climatológicas e incendios forestales y rurales en el ámbito del territorio provincial mediante acciones y operaciones de prevención, acción temprana y combate.

Prestar asistencia y apoyo a organismos provinciales, locales y/o regionales en el caso que se produzca una emergencia ambiental, en miras a garantizar la diversidad biológica y prevenir los efectos nocivos o peligrosos sobre el ambiente.

 

FUNCIONES

1.                   Entender en los mecanismos para garantizar las acciones y operaciones de prevención, acción temprana y combate de incendios de vegetación que aseguren el adecuado manejo del fuego y la minimización de los impactos ambientales, así como la prevención de los recursos naturales.

2.                   Promover la concientización de la población acerca del impacto de los usos de fuegos de vegetación fomentando el cambio de los hábitos y practicas perjudiciales para el ambiente.

3.                   Elaborar un plan quinquenal de prevención y manejo de Fuegos de vegetación y los Planes operativos anuales, los que deberán ser puestos a consideración de la Autoridad Jerárquica.

4.                   Efectuar un seguimiento y control del desarrollo y puesta en marcha de los distintos proyectos vinculados a la instrumentación de los Planes quinquenal y anual de Manejo de Fuegos de Vegetación.

5.                   Entender en la realización de políticas preventivas de la materia en el apoyo a las estrategias de manejo del fuego, la alerta anticipada y el combate rápido y eficaz de los incendios de vegetación a los efectos de posibilitar el mantenimiento de los ecosistemas y sus procesos con una gestión ambiental.

6.                   Estructurar el comando de los incendios en todo nivel de complejidad.

7.                   Evaluar la necesidad y conveniencia de apoyo para la atención de incidentes y en el ámbito de su jurisdicción y requerirlo ante quien corresponda.

8.                   Implementar los dispositivos de ataque inicial y ampliado. Coordinar el soporte logístico, la sanidad y la seguridad en los operativos.

9.                   Promover la investigación de las causas de los incendios forestales como así también los procedimientos contemplados en el ordenamiento jurídico de solicitudes (permisos de quema, procedimientos de sumarios ambientales, etc.), dando cuenta a la autoridad judicial correspondiente cuando los hechos perpetrados constituyan delitos.

10.                 Elaborar los registros estadísticos de los incendios de vegetación y los impactos ambientales generados por ellos.

11.                 Coordinar acciones con los organismos provinciales, regionales y nacionales vinculados a los incendios de vegetación.

12.                 Responder sobre la base de sus posibilidades operativas con personal y recursos materiales ante la convocatoria de movilización realizada por la Coordinación Regional de Fuego.

13.                 Presentar con antelación al inicio de cada temporada el Plan de Operaciones Anuales para conocimiento de los recursos disponibles en la provincia por parte de las autoridades.

14.                 Apoyar y coordinar acciones de monitoreo, fiscalización y control forestal y ambiental con otras dependencias del Ministerio.

15.                 Intervenir frente a las emergencias ambientales organizando los recursos necesarios y los planes de respuestas inmediata para hacer cesar el evento que provoque la emergencia y/o abordar las consecuencias.

16.                 Prestar asistencia y apoyo a organismos provinciales, locales y/o regionales y actuar inmediatamente en cada situación que sea catalogada como contingencia y/o emergencia ambiental.

17.                 Participar y actuar según los protocolos, correspondiendo prevenir   y/o   controlar   el   pánico   e   identificar   y   minimizar   riesgos   asegurando el cumplimiento eficaz de las actividades del plan de emergencia ambiental.

18.                 Instruir al personal sobre entrenamiento en la aplicación de procedimientos de contingencias y riesgos en el ambiente, y de sus operaciones correctivas realizadas para controlar el incidente o la emergencia en los sistemas de alarma, elaboración de informes técnicos, metodologías para evaluar y registrar las emergencias ambientales que se hayan producido y poder realizar un seguimiento de las acciones correctoras o preventivas compatibles con los objetivos y formulación de políticas ambientales.

19.                 Monitorear/evaluar el desarrollo e implementación de los planes de emergencias ambientales, promoviendo la elaboración de los mismos por los Municipios y Comunas de la Provincia.

20.                 Integrar los distintos comités de emergencias, manteniendo relaciones con los distintos Entes u Organismos Gubernamentales a nivel nacional, provincial, municipal, privado o voluntarios a los fines de coordinar la respuesta de estos posibles eventos y establecer sistemas de capacitación y respuesta conjunta.

21.                 Acudir a las fuerzas públicas para el despliegue de las acciones y operaciones de prevención, y la adopción de medidas activas necesarias, que perseguirá brindar salvaguarda a la población toda o al bienestar del ambiente.

22.                 Ordenar, en el caso de un incumplimiento a la normativa ambiental, la inmediata paralización de la actividad, procediendo a tomar las medidas preventivas necesarias.

23.                 Definir las áreas de peligro, los niveles de priorización, las tareas de mantenimiento del equipamiento necesaria para este tipo de actuaciones, ante situaciones de emergencias ambientales, y manejo del fuego.

 

JEFE DE OPERACIONES:

MISIÓN:

El Jefe de Operaciones debe determinar la estrategia y procedimientos de protección ambiental en materia de incendios de vegetación y coordinar el accionar de manera conjunta con el Director ante las emergencias ambientales, en el marco del Sistema Nacional para la Gestión Integral del Riesgo, en el ámbito del territorio provincial mediante acciones y operaciones de prevención, detección temprana y combate. Asume el rol de Jefe de Incendios y/o Comandante de Incidentes, ante la ausencia del Director.

Asimismo, debe planificar, desarrollar, coordinar y monitorear los trabajos de prevención, presupresión y supresión de incendios de vegetación, así como las acciones a seguir en materia de emergencias ambientales

 

FUNCIONES

1.                   Actuar como jefe de Incendio de Vegetación y Emergencias Ambientales en ausencia del director.

2.                   Diseñar las acciones y operaciones de prevención, alerta temprana y combate de incendios de vegetación que aseguren el adecuado manejo del fuego, la minimización de los impactos ambientales, así como la preservación de los recursos naturales.

3.                   Intervenir, prestando colaboración de manera coordinada con la Dirección General de Emergencia del Ministerio de Seguridad de la Provincia, frente a las emergencias ambientales, organizando los recursos necesarios para hacer cesar el evento que provoque la emergencia y/o abordar las consecuencias,

4.                   Prestar asistencia y apoyo a organismos provinciales, locales y/o regionales, y actuar inmediatamente en cada situación que sea catalogada como contingencia y/o emergencia ambiental aplicando medidas, procedimientos y estrategias efectivas en miras a preservar el ambiente procurando la prevención, el control y la reducción del riesgo de accidente ambiental.

5.                   Asistir en forma permanente al/los jefes/s de Brigada en materia de prevención, pre supresión y supresión de Incendios forestales, rurales y emergencias ambientales, así como asignar la colaboración en actividades de apoyo en comunitario ante emergencias climáticas.

6.                   Implementar los dispositivos ataque inicial y ampliado. Coordinar el soporte logístico, la sanidad y la seguridad en los operativos, en conjunto con el Director.

7.                   Administrar y coordinar los medios aéreos afectados a su zona durante las campañas de incendios.

8.                   Mantener informado a sus superiores inmediatos de toda actividad que se realice en diferentes operativos, tanto de emergencia como preventivos.

9.                   Elevar a su superior directo, la solicitud de capacitación para las distintas brigadas a su cargo.

10.                  Formarse e instruir al personal a cargo, sobre entrenamiento en la aplicación de procedimientos de contingencias y riesgos en el ambiente, y de sus operaciones correctivas realizadas para controlar el incidente o la emergencia; en los  sistemas de alarma, elaboración de informes técnicos, metodologías para evaluar y registrar las emergencias ambientales.

11.                 Verificar y controlar los sistemas operativos de las Brigadas a su cargo.

12.                 Mantener actualizada la cartografía zonal, índices de peligrosidad, relevamiento de medios disponibles. Elevar al/los jefes/s de Brigada toda novedad que surgiera dentro de la jurisdicción.

13.                 Supervisar la realización de los partes de incendios, y su transmisión en tiempo y forma, para conocimiento de la superioridad, y almacenamiento en base de datos.

14.                 Supervisar la confección de las estadísticas de cada campaña de incendios.

15.                 Planificar las tareas de los agentes a su cargo, determinando las necesidades de equipos, personal e insumos. Elevar los requerimientos a su superior.

16.                 Coordinar con el director y con los jefes Subalternos, la elaboración de la Planificación Anual.

17.                 Realizar de forma anual, junto con el director/ar la evaluación de desempeño de los jefes de Brigada.

18.                 Apoyar y coordinar acciones de monitoreo y fiscalización con otras dependencias del Ministerio.

19.                 En general la adopción de las medidas y realización de todas las actividades que correspondan al cumplimento de los fines de su competencia.

 

JEFE DE BRIGADA

MISIÓN

El jefe de Brigada es el encargado de coordinar y dirigir grupos de entre dos (2) y cinco (5) cuadrillas. Asume el rol de Jefe de Incendio y/o Comandante de Incidentes, cuando se encuentran trabajando dos o más cuadrillas en un operativo de combate de incendios y/o emergencia ambiental y ante la ausencia del Jefe de Operaciones y/o del Director. Tiene como responsabilidad la ejecución de las acciones y operaciones de prevención, presupresion, alerta temprana y combate, en particular la organización y supervisión de las tareas de Cuadrillas de Combatientes a su cargo, ante los incendios, así como la ejecución de las operaciones, que le fueran asignadas, para garantizar la protección ambiental en materia de emergencias ambientales. Desempeña las funciones de encargado de la Base del Servicio.

 

FUNCIONES

1.                   Realizar el ataque inicial de incendios de bajo y medio nivel de complejidad, combatidos, observando los siguientes procedimientos:

a)        Trasladar la Brigada al incendio forestal con el medio disponible más adecuado respetando las normas de seguridad y el tiempo.

b)        Evaluar el nivel de complejidad del incendio.

c)        Determinar la capacidad de control y necesidades de refuerzo y utilización de otros recursos.

d)        Impartir directivas claras al personal a su cargo, en cuanto a asignación de tareas de combate y medidas de seguridad a observar en la línea, en especial localización de vías de escape;

e)        Prever y alertar los factores que determinen cambios en las condiciones del incendio;

f)         Contener mediante la técnica de combate adoptada el avance del fuego dentro de su perímetro;

g)        Cumplimentar la totalidad de los requerimientos administrativos.

h)        Cumplimentar el análisis del operativo con el personal de combate para evaluar el funcionamiento de la Brigada;

i)         Supervisar el mantenimiento del equipamiento de combate y restablecimiento del Personal, a fin de mantener la capacidad de ataque inicial.

2.                    Supervisar el despliegue y el rendimiento del trabajo de la Brigada en la línea de fuego.

3.                    Organizar las distintas tareas junto con los referentes de Cuadrilla para el mantenimiento y construcción de estructuras en el predio de la Base de Brigada.

4.                    Implementar un cronograma de turnos de guardia y de trabajos de la actividad diaria en las Bases del Servicio.

5.                    Realizar los entrenamientos físicos de los integrantes de la Brigada, determinados por el jefe de Operaciones.

6.                    Realizar informes periódicos al jefe de Operaciones de las actividades planeadas y ejecutadas.

7.                    Organizar y participar en las tareas de capacitación y/o instrucción del personal.

8.                    Promover la concientización de la población acerca del impacto de los usos de fuegos de vegetación fomentando el cambio de los hábitos y prácticas perjudiciales para el ambiente.

9.                    Organizar la participación y actuación en procedimientos en forma segura y técnica de rescate de personas que se encuentren heridas o atrapadas en incendios forestales o emergencias ambientales, e implementando un plan de contingencias dentro de su competencia en coordinación con los organismos pertinentes.

10.                 Capacitarse y capacitar al personal a cargo en la Base de Incendios sobre entrenamiento en la aplicación de procedimientos de contingencias y riesgos en el ambiente, y de sus operaciones correctivas realizadas para controlar el incidente o la emergencia; en los sistemas de alarma, elaboración de informes técnicos, metodologías para evaluar y registrar las emergencias ambientales que se hayan producido y poder realizar un seguimiento de las acciones correctoras o preventivas compatibles con los objetivos y formulación de políticas ambientales, específicamente en lo referente a la atención, prevención, fiscalización y control de las actividades que puedan generar cualquier clase de alteración en las condiciones del ambiente.

11.                 Observar e informar sobre los rendimientos y limitaciones de los equipos mecanizados y manuales de uso normal en la línea de fuego, de los elementos de bombeo, de los distintos tipos de tendido de línea de mangueras, el estado de mantenimiento y rendimiento de las herramientas manuales.

12.                 Solicitar a través del jefe de Operaciones, la concurrencia de medios aéreos para el combate, observación y/o traslado de personal.

 

JEFE EQUIPO TÉCNICO Y PLANIFICACIÓN

MISIÓN

El Jefe de Equipo Técnico y Planificación desarrolla y gestiona la mejor información técnica posible, con el objeto de brindársela al Jefe de Operaciones, para la toma de decisiones, la estrategia para el combate seguro y para la planificación de todas las actividades, entre las que se encuentran incluidos los Planes Operativos. Desempeñándose como apoyo en las operaciones de prevención, presupresión, alerta temprana y combate de incendios. Tiene a su cargo la organización y dirección de las tareas del Plantel del Agrupamiento Técnico

FUNCIONES

1.                    La recolección, evaluación, diseminación y uso de información relacionada al desarrollo de incendios y/o incidentes. Como ser:

a)   Cálculo y seguimiento de los índices de peligrosidad de incendio.

b)  Monitoreo de factores meteorológicos en terreno.

c)   Interpretación y análisis de pronósticos meteorológicos especiales para incendios.

d)  Relevamiento, elaboración y mantenimiento de todos los datos geográficos de relevancia.

e)   Elaboración, seguimiento y actualización de datos estadísticos sobre incendios forestales.

2.                   Preparar junto con el Área de Operaciones estrategias alternativas.

3.                   Conducción de reuniones de planificación y participación en reuniones operativas.

4.                   Elaboración en conjunto con el jefe de operaciones del Plan de Protección anual para poner a consideración del Director.

5.                   Funciones de observador y enlace de comunicaciones en fuegos que así lo requieran.

6.                   Desarrollan funciones de Oficial de Información a requerimiento del Jefe de Operaciones cuando fuera necesario.

7.                   Colabora en la solicitud y coordinación de capacitación para el personal de la Dirección, como también en la brindada por la Dirección a otras instituciones.

8.                   Sugerir de manera enfática la autorización o no de solicitudes de quema.

9.                   Advertir y exhortar de manera enfática, el repliegue del personal del terreno ante el cambio y/o comportamiento del incendio, si así lo ameritará la evaluación realizada.

10.                 Control, en conjunción con personal operativo, de medidas de prevención predial contra incendios en los sitios donde fuera necesario y/o solicitado.

11.                 Intervenir, junto con su superior inmediato, en programas de investigación y experimentación sobre consecuencias, comportamiento y desarrollo de incendios forestales tanto dentro como fuera de la jurisdicción provincial.

12.                 Coordinación junto con el Jefe de Operaciones de sala de operaciones en incendios que así lo requieran.

13.                 Elaboración de informes de situación y de planes de acción.

14.                 Enlace con otras instituciones u organismos cuando fuera requerido.

15.                 Organizar y gestionar el cronograma de capacitación anual para el personal de la Dirección Provincial

 

DIRECCION DE BOSQUES Y MANEJO Y USO DE SUELO

MISIÓN

La Dirección de Bosques tiene como misión promover una estrategia de gestión productiva sustentable que integre la dimensión social y ambiental, con un enfoque preventivo y la administración eficiente de los bosques de la Provincia y reducir los impactos negativos sobre el ambiente, que se generan por las actividades productivas realizadas en él y que apuntan a asegurar la sostenibilidad del recurso forestal.

 

 

FUNCIONES

1. Evaluar las presentaciones a través de los procedimientos y requisitos administrativos que se deben cumplir para realizar actividades en los Bosques Nativos.

2. Organizar y sistematizar la información y los expedientes generados por las presentaciones realizadas.

3.   Gestionar la información y coordinar con otras dependencias del Ministerio.

4. Fortalecer los mecanismos de control y fiscalización que permitan la correcta implementación y el cumplimiento de las políticas y objetivos establecidos.

5. Reforzar el control y la fiscalización de la conservación, manejo y aprovechamiento de Bosque Nativos y la producción forestal.

6. Aportar los elementos técnicos para la elaboración de la política y la regulación y manejo de los bosques de la provincia y realizar el seguimiento y evaluación de los mismos.

7. Proponer, con las dependencias del Ministerio y las entidades del sector administrativo, las políticas, regulaciones y estrategias para la creación, administración y manejo de bosques nativos.

8. Participar en los procesos de definición de las metodologías de valoración de los costos ambientales por el deterioro y/o conservación del ambiente y los recursos naturales renovables, en coordinación con la oficina de negocios verdes y sostenibles.

9. Diseñar, con las demás dependencias del Ministerio, los lineamientos y las estrategias para promover la incorporación del concepto de desarrollo sostenible en los procesos productivos que afecten los bosques, su biodiversidad y los servicios ecosistémicos.

10. Proponer criterios y metodologías para la realización de inventarios de especies forestales nativas por parte de las autoridades ambientales nacionales competentes, en coordinación con las dependencias del Ministerio.

11. Definir y orientar la implementación de la estrategia provincial con base a los lineamientos a nivel nacional de reducción de emisiones por deforestación y degradación de bosques.

12. Proponer las bases técnicas para la regulación de las condiciones generales del uso sostenible, aprovechamiento, manejo, conservación y restauración de bosques, su diversidad biológica tendientes a prevenir, mitigar y controlar su pérdida y/o deterioro, en coordinación con las otras dependencias.

13. Diseñar un sistema digital de información con una base de datos referida al manejo de los recursos naturales que permita optimizar la gestión de control forestal, y contar con datos fehacientes para la toma de decisiones.

14. Garantizar la prevención y control de los recursos forestales a través de controles y verificaciones, en el lugar y tiempo que corresponda, según las condiciones y resoluciones de autorización de la Secretaría.

15. Confeccionar registros de las empresas, entidades y/o personas relacionadas al uso y/o explotación de los mismos, para lograr una mejor individualización y mejorar el seguimiento y efectividad del control.

16. Controlar los establecimientos de comercialización de productos forestales Controlar el transporte de productos forestales.

17. Fiscalizar los trabajos de desmontes, aprovechamientos forestales con o sin la correspondiente autorización, con el seguimiento de las denuncias recibidas.

18. Hacer inspecciones para la aprobación de permisos de extracción de madera.

19. Auditorías a permisos antes de la aprobación, durante la ejecución, y posterior a la finalización.

20. Iniciar el procedimiento administrativo una vez constatada la infracción.

21. Trabajar con políticas inclusivas con las comunidades campesinas (originarias y criollas), a los fines de que las mismas logren un mayor desarrollo y progreso mediante el aprovechamiento y el manejo sustentable del bosque.

22. Implementar un programa destinado a capacitar y apoyar económicamente a las familias rurales y pequeños productores en el desarrollo de proyectos para el aprovechamiento y manejo sustentable de los bosques integrando producciones alternativas a los fines de asegurar la sustentabilidad de la actividad.

23. Identificar proyectos e implementar programas de asistencia técnica y financiera para pequeños productores y comunidades indígenas y/o campesinas y así contribuir al arraigo de las comunidades mediante la promoción del uso productivo sustentable y el comercio justo de los bienes y servicios provenientes de los bosques nativos.

24. Mejorar el acceso de las comunidades Indígenas y campesinas y pequeños productores a los beneficios de la Ley de Bosques

25. Asistir en la elaboración e implementación de planes de manejo y planes de conservación

26. Gestionar los recursos forestales promoviendo y apoyando Iniciativas que permitan compatibilizar el aprovechamiento de los bosques con la conservación de los valores naturales y socio-culturales que estos albergan.

27. En general la adopción de las medidas y realización de todas las actividades que correspondan al cumplimento de los fines de su competencia.

 

DIRECCION DE PROTECCION DE LA BIODIVERSIDAD Y AREAS PROTEGIDAS

MISIÓN

La Dirección de Protección de la Biodiversidad y Áreas Protegidas tiene como misión coordinar, facilitar, fiscalizar y promover el uso responsable de la Biodiversidad, mediante actividades de conservación y cuidado de los recursos naturales. Asimismo, asistir a la Secretaría de Protección de la Biodiversidad y Desarrollo Sustentable en la gestión y el adecuado manejo de los Parques, Reservas y otras áreas naturales que se encuentran contempladas dentro de la Ley General de Ambiente N°5.063 y demás normas que contemplen la protección y conservación de la biodiversidad.

 

FUNCIONES

1. Diseñar e implementar políticas, planes, programas y proyectos, así como acciones que mejoren la conservación de la biodiversidad.

2. Generar conciencia pública que haga posible el adecuado manejo y uso sostenible de la biodiversidad.

3. Desarrollar actividades de conservación de la biodiversidad dirigidos a atender las necesidades del Área, tanto dentro como fuera de las áreas protegidas.

4. Promover la conservación de la biodiversidad de las especies y de la integridad del patrimonio genético asociado.

5. Favorecer el uso sustentable de los recursos naturales, prácticas tradicionales por parte de las comunidades indígenas locales.

6. Identificar las áreas de máxima diversidad biológica, aquellas en las que se reúnan conjuntos de especies amenazadas.

7. Mantener y organizar los datos derivados de las actividades de investigación, monitoreos, control u otras actividades que brinde información acerca de la diversidad de la provincia para plasmarlo en un sistema de información geográfica disponible al público en general.

8. Identificar los procesos y categorías de actividades que tengan o puedan tener efectos perjudiciales en la conservación y utilización sostenible de la diversidad biológica

9. Promover un marco normativo provincial que regule la materia.

10. Actuar como órgano de consulta y asesoramiento de la secretaria de Biodiversidad y Desarrollo Sustentable de la provincia.

11. Desarrollar políticas de protección, conservación, restauración y aprovechamiento para las áreas protegidas, reservas y monumentos naturales.

12. Formular pautas para la creación y gestión de áreas naturales protegidas para conservar ecosistemas, ambientes y hábitats, terrestres y acuáticos, que alberguen especies silvestres autóctonas, migratorias, endémicas, raras y amenazadas.

13. Establecer un marco legal adecuado para el funcionamiento de las áreas protegidas.

14. Desarrollar adecuación de las áreas naturales protegidas preexistentes.

15. Implementar a través de la gestión institucional participativa de áreas protegidas que se vea reflejado en los planes de manejo, con el objeto de planificar y ejecutar procesos dirigidos a lograr la sustentabilidad en el manejo de los recursos naturales de la provincia y la conservación dentro de los límites declarados.

16. Apoyar la investigación científica, el seguimiento y la formación y la educación ambiental y el intercambio de información relativa a la preservación y el desarrollo sustentable a nivel provincial.

17. Gestionar la consecución de fondos para planes y programas destinados al funcionamiento de las áreas protegidas.

18. Fortalecer los lazos interinstitucionales e interactuar con otros organismos, tales como municipios y comisiones a los fines de facilitar asistencia técnica de las áreas protegidas.

19. Asegurar y garantizar la preservación y conservación de toda Área Protegida o Monumento Natural a través de un adecuado control y fiscalización, dando cumplimiento a las leyes ambientales vigentes (Ley N°3011, “Ley provincia de Pesca” y Ley N’ 3014 ‘Ley provincial de Caza”)

20. Favorecer cualquier acción que incentive la participación de la comunidad en temas vinculados a las áreas protegidas, especialmente en zonas de amortiguamiento.

21. Aportar a la constitución de corredores ecológicos formados por áreas protegidas provinciales de otras jurisdicciones que permitan el flujo genético y la dispersión entre las poblaciones de fauna y flora.

22. En general la adopción de las medidas y realización de todas las actividades que correspondan al cumplimiento de los fines de su competencia.

 

SECRETARIA DE ORDENAMIENTO AMBIENTAL TERRITORIAL

MISION

La Secretaría de Ordenamiento Ambiental Territorial tiene como misión el ordenamiento ambiental, teniendo en cuenta los aspectos políticos, físicos, sociales, tecnológicos, culturales, económicos, jurídicos y ecológicos de la realidad provincial, deberá asegurar el uso ambientalmente adecuado de los recursos ambientales, posibilitar la máxima producción y utilización de los diferentes ecosistemas, garantizar la mínima degradación y desaprovechamiento y promover la participación social, en las decisiones fundamentales del desarrollo sustentable.

La Secretaría entiende al Ordenamiento Ambiental Territorial, como un instrumento de política y gestión ambiental, enmarcado en un proceso de carácter prospectivo y progresivo.  Empleado para orientar un manejo integrado del territorio incorporando, desde un enfoque eco sistémico, las dinámicas territoriales, la gestión del riesgo y el cambio climático. Su finalidad es incorporar la dimensión ambiental a los procesos de planificación, buscando compatibilizar las distintas actividades llevadas a cabo en el territorio con las características ecológicas, sociales y económicas a fin de contribuir a la equidad social, el equilibrio territorial, el uso y aprovechamiento ambientalmente sustentable de los bienes naturales y culturales, reconociendo la concurrencia de competencias e intereses.

Como herramienta de gestión, utilizara distintos instrumentos de planificación, evaluación y seguimiento con el objeto de prevenir y ponderar los efectos potenciales de futuras actividades, haciendo foco en la interacción e interdependencia sociedad-ecosistemas. Los mismos permiten analizar los cambios de uso del suelo en relación al funcionamiento y estructura de los ecosistemas presentes para la construcción de un modelo de ocupación sustentable.

Promoverá el ordenamiento ambiental territorial, dentro de la concepción de un desarrollo sostenible surge la necesidad de un profundo conocimiento de la información medioambiental tanto para el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático y todos los otros organismos responsables de nuestra Provincia, que participan en los procesos de toma de decisiones.

 

FUNCIONES:

1.            Asistir a la implementación del planeamiento y ordenamiento ambiental, en el desarrollo de instrumentos de gestión y la ejecución de políticas tendientes a la sustentabilidad social, económica y ecológica, con estrategias a nivel regional y municipal.

2.            Entender en la planificación, formulación e implementación de las políticas y lineamientos estratégicos relacionados al ordenamiento ambiental del territorio para la gestión integrada de las cuencas hidrográficas, manejo y conservación de suelos, áreas costeras y unidades ambientales de relevancia.

3.            Participar en la elaboración de regímenes normativos que permitan la instrumentación jurídica-administrativa del ordenamiento ambiental del territoriales.

4.            Colaborar en la ejecución y promoción de acuerdos institucionales con organismos multilaterales, bilaterales, nacionales y provinciales u otras organizaciones vinculadas al área de su competencia.

5.            Liderar y /o participar en diagnósticos biofísicos y socioculturales para el Ordenamiento Ambiental Territorial.

6.            Promover, analizar e implementar políticas, programas y proyectos vinculados a la planificación y gestión ambiental del territorio en lo concerniente a la localización de actividades productivas, bienes y/o servicios, aprovechamiento de los recursos y la localización y regulación de los asentamientos humanos, procurando el mejoramiento de la articulación urbana y rural del territorio de la Provincia.

7.            Gestionar y monitorear la ejecución de planes, programas y proyectos de desarrollo ambiental para el cumplimiento del Ordenamiento Ambiental Territorial.

8.            Gestionar y/o participar en la formulación, evaluación y control de políticas, planes, programas y proyectos para el uso, manejo y conservación del suelo y la biodiversidad.

9.            Participar en el establecimiento de un sistema de información pública sobre el estado del ambiente y sobre las políticas que se desarrollan, en el ámbito de su competencia.

10.          Participar en la elaboración de regímenes normativos que permitan la instrumentación jurídica administrativa de la gestión ambiental, el planeamiento y ordenamiento ambiental, la conservación y uso racional de los bienes comunes y la calidad ambiental

11.          Promover lineamientos de modificación de las normas y planes municipales y/o comunales de uso del suelo, y urbanización, a través de la articulación institucional, y con miras a la mejora de la calidad ambiental del territorio provincial y la ocupación del suelo conforme un patrón de urbanización sustentable.

12.          Posibilitar la participación orgánica de la comunidad en el proceso de ordenamiento territorial, como medio de asegurar que tanto a nivel de la formulación propuesta, como de su realización, se procure satisfacer sus intereses, aspiraciones y necesidades.

13.          Promover acciones conducentes al ordenamiento ambiental del territorio teniendo en cuenta todos los aspectos de la realidad de cada región de la Provincia de Jujuy.

14.          Promover y articular la asistencia técnica, dentro del ministerio (transversalidad) a organismos provinciales y los municipios, en los procesos de planificación y ordenamiento territorial, asegurando la incorporación de la dimensión ambiental y el uso racional de los bienes naturales.

15.             Participar y coordinar en el desarrollo de programas de planificación y en cuestiones relacionadas con la zonificación ambiental.

16.          En general la adopción de las medidas y realización de todas las actividades que correspondan al cumplimento de los fines de sus competencias.

17.          Coordinar acciones encaminadas a gestionar la adquisición o intercambio de la información geográfica disponible en otras instituciones, para contar con aquella que resulte necesaria para el desarrollo del OAT

18.          Coordinar la integración de la Base de Datos Geográfica de la Dirección, poniendo énfasis en la calidad de la información, para contar con un acervo organizado, actualizado y validado que apoye la realización de proyectos.

19.          Coordinar la investigación de métodos de análisis espacial para la solución de problemas ambientales, para contribuir al estudio de los problemas ambientales desde la perspectiva espacial.

20.          Otras funciones y tareas expresamente dispuestas por la autoridad ministerial

 

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE CAMBIO CLIMÁTICO

MISIÓN

La Dirección Provincial de Cambio Climático tendrá como misión asistir al Ministro de Ambiente y Cambio Climático en todos los aspectos relacionados a la política climática provincial en el marco de la Iniciativa Jujuy Verde Carbono Neutral 2050 en concordancia con las disposiciones de la Ley Nacional de Presupuestos Mínimos de Adaptación y

Mitigación al Cambio Climático N°27 520, la Ley General del Ambiente N°25.675, la Ley Provincial Nº 5.063, el Decreto Nº 1169-A-2016, como así también los acuerdos internacionales suscriptos por la República Argentina y los Objetivos de Desarrollo Sostenible.

 

FUNCIONES

1. Elaboración del Plan Provincial de Respuesta de Mitigación y Adaptación al Cambio Climático

2. Coordinar políticas provinciales de respuesta al cambio climático

3. Actualización del Inventario Provincial de Gases de Efecto Invernadero.

4. Cálculo Huella de Carbono de la Administración Pública Provincial.

5. Promover el desarrollo sustentable y la descarbonización de la economía provincial.

6. Programa de Edificios Públicos Sustentables para la reducción de la huella de carbono de la administración pública.

7. Preparar a la administración pública y a la sociedad en general, ante los riesgos del cambio climáticos.

8. Promoción y capacitación en Cambio Climático a nivel provincial.

9. Elaboración de propuestas normativas en la temática.

10. Coordinación técnica del Gabinete Interministerial de cambio climático.

11. Facilitar la participación ciudadana, difusión y el acceso a la información respecto al cambio climático.

12. Convocar Consejo Asesor Externo de Cambio Climático u otros ámbitos de participación para la construcción colectiva de la política climática provincial.

13. Articular relaciones institucionales con los Municipios para el desarrollo de políticas y asistencia técnica necesaria referidas al cambio climático.

14. En general la adopción de las medidas y realización de todas las actividades que correspondan al cumplimento de los fines de su competencia.

 

Dirección PROVINCIAL de Políticas Socio-ambientales

MISION:

La Dirección Provincial de Políticas Socio-Ambientales tendrá como misión asistir al Ministro de Ambiente y Cambio Climático en todos los aspectos relacionados al diseño y formulación de lineamientos y estrategias en la gestión de abordajes socio-ambientales, y los compromisos sociales de las políticas ambientales.

Su principal foco se orienta a la incorporación de la perspectiva de la sustentabilidad social en las políticas del Ministerio, y en las prácticas de quienes habitan, trabajan o transitan la Provincia de Jujuy; en el marco de la Iniciativa Jujuy Verde Carbono Neutral 2050 en concordancia con las disposiciones de la Leyes Nacionales vigentes en la materia, la Ley Provincial N° 5063, como también los acuerdos internacionales suscriptos por la República Argentina y los Objetivos de Desarrollo Sostenible. Entendiendo que la complejidad de la situación de nuestro ambiente y el impacto del cambio climático va teniendo en él, permite así repensar la relación entre sociedad y naturaleza, para generar nuevos vínculos, más solidarios, sustentables y cooperativos.

La creación de esta Dirección se sustenta en la visión integral del ambiente que concibe los ecosistemas en su constante relación con las poblaciones asociadas los mismos y los resultados de esas interacciones.

 

FUNCIONES:

 

1)                   Fortalecer el diseño, aplicación y monitoreo de políticas socio-ambientales con perspectivas de Derecho Humano en el campo ambiental.

2)                   Acompañar iniciativas y alternativas que comprometan los derechos ambientales y sociales de comunidades en la Provincia de Jujuy, para asegurar su cumplimiento.

3)                   Promover modos de vida más sustentables, articulando de manera integral las dimensiones social, económica, ecológica y política.

4)                   Fomentar la participación de la comunidad en los proyectos ambientales con una mirada de protección de los DDHH.

5)                   Promover la sustentabilidad socia-ambiental con acciones articuladas y corresponsables entre Ministerios, sociedad civil, etc.

6)                   Proponer estrategias de acción para la el diseño, ejecución y participación de los grupos de interés en proyectos ambientales.

7)                   Asegurar, a través de políticas que identifican, evitan y minimizan los daños a las personas y al medio ambiente de que las personas y el medio ambiente estén protegidos contra posibles impactos adversos.

 

DIRECCIÓN GENERAL DE ASUNTOS JURIDICOS

MISIÓN

La Dirección General de Asuntos Jurídicos tiene como misión brindar asesoramiento legal al Ministerio de Ambiente y Cambio Climático y sus Secretarías, Interviniendo   a   requerimiento   de    los   organismos   dependientes.

Asimismo, se encarga de verificar el cumplimiento de los objetivos previstos por el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, con la finalidad de que los procedimientos administrativos sean conformes a las reglas establecidas y en consonancia con los principios éticos, y la normativa legal establecida a nivel Provincial y Nacional para la ejecución de los procedimientos administrativos, sugiriendo la adopción de las medidas correctivas que fuesen necesarias.

 

FUNCIONES

1-                   Coordinar el servicio jurídico del Ministerio de Ambiente y los organismos que de ellas dependan.

2-                   Fiscalizar el análisis, evaluación, diagnóstico y dictamen técnico legal y actuaciones y actos propios de competencias del Ministerio y de las cuestiones planteadas y derivadas por dicho organismo y de sus dependencias.

3-                   Vinculación interinstitucional con la Fiscalía de Estado y todos los organismos jurídicos que sean pertinente en lo atinente al asesoramiento y tramitación de actuaciones administrativas, judiciales y leyes en vigencia que tengan en repercusión con las funciones y misiones del medio ambiente.

4-                   En general la adopción de las medidas y realización de todas las actividades que correspondan al cumplimiento de los fines de su competencia.

 

DIRECCION GENERAL DE ADMINISTRACION

MISION

La Dirección General de Administración tiene como misión asistir al Ministerio de Ambiente, a la Secretaría de Calidad Ambiental, Secretaría de Biodiversidad y Desarrollo Sustentable y demás organismos dependientes, en los procesos de gestión de recursos, físicos y económicos.

 

FUNCIONES

1-Coordinar, controlar y asistir en las contrataciones y/o compras que sean necesarias para el funcionamiento efectivo y eficiente del Ministerio de Ambiente y sus dependencias.

2-Controlar y validar la ejecución presupuestaria

3-Coordinar y controlar ante los Órganos de Control de la Nación el monitoreo de la ejecución y control financiero y contable de los Programas Nacionales.

4-Coordinar, controlar y asistir ante los Órganos de Control de la Provincia en los atinentes a la presentación de las rendiciones por la ejecución presupuestaria e informes correspondientes.

5-Controlar y asistir en la definición d la modalidad de contratación para la adquisición de materiales, suministros, maquinarias y equipos, así como los servicios para los actores solicitantes.

6-Controlar y asistir en los procesos licitatorios necesarios en el marco de las normas que rigen para las contrataciones del Estado Provincial.

7-intervenir en el análisis de las ofertas presentadas y pre adjudicadas a efectos de predeterminar la selección de las más convenientes.

8-Coordinar y controlar la administración, contratación y desarrollo de los Recursos Humanos y de Servicios Generales

9- Controlar la elaboración y presentación de los inventarios de bienes patrimoniales

10-Desarrrollar toda otra acción que surja de su misión específica

11-Coordinar, controlar y asistir en el uso eficiente de los recursos financieros según partida y fondos disponibles.

12-Fiscalizar y coordinar en las diferentes áreas los procedimientos aplicables por las normativas vigentes.

13-Controlar el ingreso y las rendiciones de programas provinciales, nacionales o internacionales

14-Gestion de Recursos a nivel provincial, nacional o internacional

15- En general la adopción del as medidas y realización de todas las actividades que correspondan al cumplimiento de los fines de su competencia.

 

DIRECCION DE EDUCACION Y COMUNICACIÓN AMBIENTAL

MISION

La Dirección de Educación y Comunicación Ambiental, socializará recursos de conocimientos ambientales acercando a la población información necesaria para lograr una mayor calidad de vida y evitar mayores daños al ambiente a través del conocimiento y adquisición de hábitos sustentables.

 

FUNCIONES

Instrumentar los medios necesarios para alcanzar el universo propuesto a través de mecanismos de capacitaciones a formadores y a organismos de la sociedad civil.

Además de utilizar el recurso de la web, las publicaciones escritas las aplicaciones móviles para concientizar, reducar y socializar información del Ministerio

En Gral. la adopción de las medidas y realización de todas las actividades que correspondan al cumplimiento de los fines de su competencia.

 

COORDINACION DE DESPACHO

MISION

La Coordinación de Despacho tiene como misión asesorar a los titulares de la Secretaría de Calidad Ambiental, Secretaria de Biodiversidad y Desarrollo Sustentable, Secretaria de Ordenamiento Ambiental Territorial y Dirección General de Administración, evaluando el control interno y verificando que las actividades, registros y operación, se ajustan a las disposiciones legales y reglamentarias.

FUNCIONES

1-Atender el despacho diario de los titulares de la Secretaria de Calidad Ambiental, Secretaria de Desarrollo Sostenible, Secretaria de Biodiversidad y Dirección General de Administración

2- Llevar registro interno de entrada, salida y tramites de los expedientes de todo el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático, y sus respectivas Secretarias.

3- Supervisar el ingreso y la salida del personal de despacho, así como el cumplimiento de sus deberes

4-Asesorar en el análisis y redacción de proyectos de ley, convenios, normativas y proponer alternativas de solución a, los temas que se deleguen.

5-Controlar los expedientes y/o actuaciones previas al dictado de las resoluciones y/o actos administrativos

6- Intervenir en el dictado de resoluciones

7- Certificar copias de la documentación correspondiente a todo el Ministerio de Ambiente y Cambio Climático.

8- Otras funciones y tareas expresamente dispuestas por la autoridad ministerial

 

ANEXO II

 

 

 

 

 

 

 

 

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR