BOLETIN OFICIAL Nº 111 – 30/09/2024
COM. REV. SUM. Y TRAM. ADM. POLICIALES. Septiembre 14 del 2.024.- Rfte: Expediente N°: 152–CRSyTAP., Letra “P” – 2.024, Caratulado: Actuaciones Sumarias Administrativas por Infracción al Artículo 15 Inciso “D” del R.R.D.P., Protagonista: Agente Pérez Yamil Marcos, hecho ocurrido en el periodo del 27/06/2.018 al 15/08/2.024, e iniciado el 11/07/2.018, con Intervención del Juez de faltas Sr. Jefe de Policía Comisario General Tejerina Javier Eduardo.- Por la presente se notifica al Sr. Agente Legajo Policial N° 14.713 Pérez Yamil Marcos, de la Resolución N° 2126-DP/2.018, donde el Sr. Jefe de Policía Ernesto Guillermo Corro, RESUELVE: Artículo 1°: Pasar a revistar en situación pasiva la Agente PÉREZ YAMIL MARCOS LEGAJO N° 18.821, a partir del 27/06/2.018 conforme las previsiones del Artículo 98 inciso “G” de la Ley de Personal Policial N° 3758/81. Artículo 2°: La Dirección de Administración y Finanzas procederá conforme lo establecido en el Artículo 131 inciso “C” de la Ley de Personal Policial N° 3758/81 con respecto a los haberes que percibe el Agente Pérez Yamil Marcos Legajo N° 18.821, atento a lo dispuesto en el Artículo 1°. Artículo 3°: la Instrucción arbitrará los medios a efectos que el arma reglamentaria y demás accesorios que le fueron provistos por la institución Policial al causante, permanezca depositados en la División Armamento y Equipo del Departamento Logística, hasta tanto concluya los motivos que dieron origen al presente dispositivo. Artículo 4°: Ordenar que la instrucción de los obrados en el término de 48 horas de recepcionada la presente, proceda a la formal notificación del administrado, conforme las previsiones del Capítulo III Título IV de la Ley Procesal Administrativa, capítulo VI Titulo VI del Código Procesal Penal y capítulo V del R.N.S.A. Artículo 5°: La instrucción con las formalidades de la Ley deberá intimar al administrado a reintegrarse al servicio al momento de su notificación, bajo apercibimiento de considerarse que desiste de continuar cumpliendo funciones por voluntad propia. Artículo 6°: Comuníquese. Pase Copia a la Dirección de Administración y Finanzas, a efectos del cumplimiento de los dispuesto en el Artículo 2°, pase copia a la División Armamento y Equipo (D-4) a sus efectos y al Comando de seguridad y Prevención Ciudadana U.R.1 para conocimiento y notificación del administrado de acuerdo a las normativas vigentes…”.- Fdo. Prof. Ramos Mirta L.- Comisario Inspector.-
25/27/30 SEPT. S/C.-