BOLETIN OFICIAL Nº 110 – 27/09/2024
DECRETO Nº 1304-S/2024.-
EXPTE. Nº 714-2672/21.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 AGO. 2024.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos – Ejercicio 2024 – Ley N° 6371, conforme se indica a continuación:
JURISDICCION “R” MINISTERIO DE SALUD
U. de O.: R 6-01-02 HOSPITAL “PABLO SORIA”
SUPRIMASE
Categoría Nº de Cargos
24 1
24 (c-4) 1
16 (c-4) 1
Agrup. Tecnico
Esc. General
Ley Nº 3161/74
Total 3
CREASE
Categoría Nº de Cargos
15 (c-4) 3
Agrup. Tecnico
Esc. General
Ley Nº 3161/74
Total 3
ARTÍCULO 2°.- Téngase por designada a la Técnica Superior en Esterilización María Belén Galarza, CUIL 27-36861529-9, en el cargo categoría 15 (c-1) Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley N° 3161/74, en la U. de O.: R 6-01-02 Hospital “Pablo Soria”, a partir del 22 de noviembre de 2022, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTÍCULO 3°.- Téngase por designada a la Técnica Superior en Esterilización Fabiana Griselda Elías, CUIL 27-36579519-5, en el cargo categoría 15 (c-4), Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley Nº 3151/74 en la U. de O.: R 6-01-02 Hospital “Pablo Soria”, a partir del 22 de noviembre de 2022, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTÍCULO 4°.- Téngase por designada a la Técnica Superior en Esterilización Analía Jimena Mamaní, CUIL 27-34721384-0, en el cargo categoría 15 (c-4), Agrupamiento Técnico, Escalafón General, Ley N° 3161/74, en la U. de O.: R 6-01-02 Hospital “Pablo Soria”, a partir del 22 de noviembre de 2022, de conformidad a lo expresado en el exordio.‑
ARTÍCULO 5°.- La erogación que demande el cumplimiento del presente trámite, se atendió con las partidas presupuestarias previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicios 2022, 2023 y 2024, Leyes N° 6256, N° 6325 y N° 6371, que a continuación se indican:
EJERCICIO 2022/2023 y 2024
Las partidas de Gastos en Personal en la Jurisdicción “R” Ministerio de Salud, U. de O.: R 6-01-02 Hospital “Pablo Soria.‑ En Caso de que en Ejercicios Anteriores no hayan sido liquidadas y abonadas las designaciones que se tratan, las mismas se atenderían con la siguiente partida prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculos de Recursos vigente:
EJERCICIOS ANTERIORES:
Deuda Pública Provincial “03-10-15-1-26-0 para Pago de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercidos Anteriores”, correspondiente a la Unidad de Organización “L” Deuda Pública.-
ARTÍCULO 6°.- El presente decreto será refrendado por los Ministros Jefe de Gabinete, de Salud y de Hacienda y Finanzas.‑
ARTÍCULO 7°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.‑
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR