BOLETIN OFICIAL Nº 109 – 25/09/2024

CONTRATO DE CESION DE ACCIONES DE SOCIEDAD ANONIMA SIMPLIFICADA.-  En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los 26 días del mes de Agosto del año 2024, entre el Sr. Guillermo Javier Vuletin, DNI. 25.952.307 representado por Cristian Rene Lombardo DNI. 28.483.708 en adelante “LA VENDEDORA”, por una parte, y por la otra los Srs. Sebastián Escalante, DNI N° 37.656.149 estado civil soltero, de nacionalidad Argentino, Sexo Masculino, de profesión Empresario, con domicilio en calle Santiago de Liniers N° 1738 del Barrio Alto Padilla de esta Ciudad de San Salvador de Jujuy, Representado por la Sra. Sandra Adriana Giunta DNI. 17.268.367 mediante poder general. Luciano Peirone, DNI. 38.035.181 estado civil soltero, nacionalidad Argentina, Sexo Masculino, de profesión Empresario, con domicilio en calle mza. 2 Casa 14 B° Leandro Alem de la Ciudad de Salta, en adelante “LOS COMPRADORES”, convienen en celebrar el presente contrato que se regirá por las siguientes cláusulas: PRIMERA: DEFINICIONES-CONSIDERACIONES PRELIMINARES: Las acciones que se transfieren pertenecen a la Sociedad denominada “NORTE WINE SAS” constituida mediante escritura pública ante la escribana Alejandra Nélida Aramburu de Tenti el día 22 de Julio de 2024. Las acciones que se transfieren son ordinarias, seria A, nominativas, no endosables y representan el Treinta y Tres por ciento (33%) del capital social. La Sociedad se encuentra bajo las gestiones de constitución formal ante el organismo de control provincial. La sociedad NORTE WINE SAS no cuenta con una cuenta corriente bancaria. LA VENDEDORA remitió con fecha 26 de Agosto del corriente año la pertinente comunicación al Directorio de NORTE WINE SAS de la venta del porcentaje del paquete accionario de su propiedad conforme a este contrato que cumple los siguientes requisitos: es escrita, en idioma español, esta instrumentada en papel, lleva la firma manuscrita de LA VENDEDORA y su forma, fecha y contenido satisfacen al comprador.  Las acciones objeto de la presente transacción se encuentran pendiente de integración por parte de LA VENDEDORA. LOS COMPRADORES asumen el compromiso de realizar la integración del capital suscripto pendiente de integración. SEGUNDA- OBJETO: LA VENDEDORA cede y transfiere en propiedad a LOS COMPRADORES la totalidad del paquete accionario que posee en NORTE WINE SAS representado por 200 acciones ordinarias, seria A, nominativas, no endosables. LA VENDEDORA se compromete a entregar a la compradora su Carta de Renuncia y cumplir con las demás obligaciones que le atribuye este contrato. Por su parte a LOS COMPRADORES, en contraprestación, se obliga a comprar a la vendedora el paquete accionario, gestionar su registración en el libro de Accionistas. El precio de la presente compraventa se fija en la suma de peso diez mil ($20.000,00) que se abona en efectivo en el presente acto. TERCERA- COMUNICACIÓN DE LA COMPRAVENTA A LA SOCIEDAD: LA VENDEDORA dentro de los cinco días hábiles siguientes a la firma del presente contrato comunicara a la sociedad la presente compraventa. CUARTA- GASTOS Y SELLADOS: Los gastos incurridos por las partes por causa de la celebración y cumplimiento del presente contrato serán soportados por LOS COMPRADORES exclusivamente. LOS COMPRADORES tienen a su exclusivo cargo la obligación de sellar el presente instrumento y soportara el pago de todo sellado debido solidariamente a una Autoridad Publica por causa del otorgamiento del presente contrato. QUINTA- CONFIDENCIALIDAD: Las partes se obligan a mantener la confidencialidad del presente contrato. Ninguna de la parte podrá divulgar ni permitir que se divulguen los términos del presente contrato, salvo de contar con el consentimiento fehaciente de la otra parte. Para todos los efectos legales, judiciales o extrajudiciales emergentes de este contrato, las partes se someten a la jurisdicción ordinaria de la ciudad de San Salvador de Jujuy, en el Juzgado que corresponda de acuerdo con su turno. Todas las notificaciones serán de plena validez en los domicilios enunciados Ut-Supra. DE CONFORMIDAD: Para su fiel cumplimiento las partes firman dos (2) ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto en la ciudad de San Salvador de Jujuy a los 26 días del mes de Agosto del año 2024.- CERTIFICACION DE FIRMAS Nº DAA034391664- ESC. ALEJANDRA NELIDA  ARAMBURU DE TENTI- TIT. REG. Nº 74 PARTIDO DE LA PLATA- PROVINCIA DE BUENOS AIRES- LEGALIZACIONES Nº FAA009584416- RUBEN HORACIO ARRAMBIDE- DELEGACION LA PLATA- COLEGIO DE ESCRIBANOS DE LA PROVINCIA DE BUENOS AIRES- ACT. NOT. Nº B 00886479- ESC. MARCELA VIVIANA ZAMAR- TIT. REG. Nº 48- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-

 

FISCALÍA DE ESTADO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

RESOLUCION Nº 593-DPSC-2024.-

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-289/2024.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 de Septiembre de 2024.-

VISTO:

Las actuaciones de la referencia en las que el SR. SEBASTIAN ESCALANTE, en carácter de ADMINISTRADOR TITULAR de “NORTE WINE S.A.S.” solicita, LA INSCRIPCION DE CONSTITUCION DE SOCIEDAD, y,

CONSIDERANDO:

Que para la etapa procesal  administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoría Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos.-

Por ello:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO

RESUELVE:

ARTICULO 1°: ORDENAR la publicación de Edicto en el Boletín Oficial por un día de Contrato de Cesión de  Acciones de fecha 26 de agosto de 2024 y Acta de Asamblea de Accionistas numero uno (1) de fecha 26 de agosto de 2024 de “NORTE WINE S.A.S.”, cuyas copias obran en autos.-

ARTÍCULO  2°: Agregar copia en autos, notificar a las partes y registrar.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

25 SEPT. LIQ. Nº 37412 $1.100,00.-