BOLETIN OFICIAL Nº 109 – 25/09/2024

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETO Nº 2542.24.040.-

EXPEDIENTE   N° 16 – 12864 – 2024 – 1.-

San Salvador de Jujuy, 12 SEP. 2024.-

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza N° 8063/2024, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 14/2024 de fecha 12 de Septiembre de 2024, mediante el cual se establece que las Personas con Discapacidad podrán acceder al Servicio de Transporte Público de Pasajeros sin costo directo en el ámbito de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy a través del Sistema único de Boleto Electrónico (S.U.B.E.), a partir de la entrada en vigencia de la citada Norma legal; y

CONSIDERANDO:

Que, tomado conocimiento el Sr. Secretario de Servicios Públicos, el mismo expresa que no existe objeción a dicha normativa, por lo cual estima conveniente el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;

Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal;

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Promúlguese la Ordenanza N° 8063/2024, Proyecto sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 14/2024 de fecha 12 de Septiembre de 2024, mediante la cual se establece que las Personas con Discapacidad podrán acceder al Servicio de Transporte Público de Pasajeros sin costo directo en el ámbito de la Municipalidad de San Salvador de Jujuy a través del Sistema único de Boleto Electrónico (S.U.B.E.), a partir de la entrada en vigencia de la citada Norma legal.-

ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Servicios Públicos, Dn. GUILLERMO F. MARENCO, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-

ARTICULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a conocimiento y demás fines a la Secretaría de Servicios Públicos, Secretaría de Hacienda, Secretaría de Desarrollo Humano y Coordinación General de Comunicación. Asimismo comuníquese al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-

 

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente