BOLETIN OFICIAL Nº 109 – 25/09/2024

LA LEGISLATURA DE JUJUY SANCIONA CON FUERZA DE LEY.-

LEY Nº 6416.-

 

“COLOCACIÓN DE PICTOGRAMAS DE ACCESIBILIDAD EN UNIDADES DE TRANSPORTE DE PASAJEROS”

 

ARTÍCULO 1.- Establécese a las Empresas de Transporte Automotor de Pasajeros que cumplen el servicio de líneas regulares del transporte público de carácter provincial, el deber de utilizar y colocar, a su cargo en las unidades automotoras, pictogramas que se encuentren afectadas al Servicio de Líneas Regulares de Transporte, pictogramas que faciliten la accesibilidad de información a personas con discapacidad que manifiestan dificultades en la comunicación y el lenguaje verbal.-

ARTÍCULO 2.- El Poder Ejecutivo deberá diseñar y proporcionar los modelos de pictogramas de señalización que faciliten la anticipación y comprensión del entorno, a efectos de ser utilizados por las empresas y colocados en las unidades, terminales de ómnibus, paradas de colectivos y cualquier espacio en el que proceda la utilización del transporte público de pasajeros.-

ARTÍCULO 3.- Se invita a los Municipios a adherir a la presente Ley.-

ARTÍCULO 4.- Comuníquese al Poder Ejecutivo Provincial.‑

 

SALA DE SESIONES, SAN SALVADOR DE JUJUY, 18 de Septiembre de 2024.‑

 

Martín Luque

Secretario Parlamentario

Legislatura de Jujuy

 

Alberto Bernis

Presidente

 

PODER EJECUTIVO DE LA PROVINCIA DE JUJUY.-

EXPTE. Nº 200-270/2024.-

CORRESP. A LEY Nº 6416.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 SEP. 2024.-

Téngase por LEY DE LA PROVINCIA, cúmplase, comuníquese, publíquese íntegramente, dése al Registro y Boletín Oficial, tome razón Fiscalía de Estado y pase al Ministerio de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Trabajo; Ministerio de Hacienda y Finanzas; Ministerio de Salud y Ministerio de Educación para su conocimiento. Cumplido, vuelva a Jefatura de Gabinete de Ministros a sus efectos.‑

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR