BOLETIN OFICIAL Nº 106 – 18/09/2024

DECRETO Nº 953-S/2024.-

EXPTE. Nº 700-540/2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 JUN. 2024.-

VISTO:

Las presentes actuaciones por las que tramita la aprobación del “Convenio Marco de Cooperación y Asistencia entre el Ministerio de Salud y el Obispado de Jujuy”, entre el Ministerio de Salud representado por el Dr. Gustavo Alfredo Bouhid y el Obispado de Jujuy representado por Monseñor Cesar Daniel Fernández, en fecha 12 de octubre de 2023, y

CONSIDERANDO:

Que, el referido Convenio tiene como objeto establecer relaciones de cooperación y asistencia en todos aquellos temas que las partes consideren de interés común, en especial en temáticas vinculadas al acceso al derecho a la salud, cooperación en temas de prevención de adicciones y políticas de prevención, respecto de personas en situación de vulnerabilidad.

Que, el mismo tendrá una vigencia de dos años prorrogable automáticamente por periodos similares, salvo expresa manifestación en contrario.

Que, obra intervención de competencia de la entonces. Dirección General de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Salud y de Fiscalía de Estado dictaminando que no existe óbice legal alguno para la emisión del presente acto administrativo,

Por ello, en uso de facultades propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Apruebase el “Convenio Marco de Cooperación y Asistencia entre el Ministerio de Salud y el Obispado de Jujuy”, entre el Ministerio de Salud representado por el Dr. Gustavo Alfredo Bouhid y el Obispado de Jujuy representado por Monseñor Cesar Daniel Fernández, en fecha 12 de octubre de 2023, que en copia certificada acompaña al presente Decreto, de conformidad a to expresado en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- Por Escribanía de Gobierno protocolícese el Convenio que se aprueba por el artículo 1º del presente ordenamiento.-

ARTÍCULO 3º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado. Pase a Boletín Oficial para su publicación en forma integral, y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión. – Cumplido, vuelva al Ministerio de Salud, a sus efectos.-

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR