BOLETIN OFICIAL Nº 103 – 11/09/2024

CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE PERICO.-

ORDENANZA Nº 1.777/2.024.

REF.: “PRESTAR ACUERDO AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL, DE MANERA EXCEPCIONAL Y POR ÚNICA VEZ, A OTORGAR UN BENEFICIO ECONÓMICO, A LOS ESTABLECIMIENTOS EDUCATIVOS QUE CONSTRUYAN CARROZAS Y/O CARRUAJES, PARA REPRESENTARNOS EN LA FIESTA NACIONAL DE LOS ESTUDIANTES EDICIÓN 2024″. Expte. Nº 11694/24. Iniciado por varios Concejales.

VISTO:         

La reunión mantenida entre las autoridades del Departamento Ejecutivo y Legisladores Comunales donde se trato  la necesidad de apoyar económicamente, a los Establecimientos Educativos de nuestra Ciudad, que participan en la construcción de carrozas y carruajes, que nos representaran en  el desfile de la Fiesta Nacional de los Estudiantes Edición 2024 en San Salvador de Jujuy.

Los Artículo 52º Inc. 2 y 54º Incisos 2 y 10 de la Carta Orgánica Municipal y  Artículo 131° del Reglamento Interno, Y;

CONSIDERANDO:

Que, la Fiesta Nacional de los Estudiantes es un Evento Cultural de gran relevancia en la Provincia de Jujuy, que promueve la creatividad, el trabajo en equipo y el espíritu festivo entre los jóvenes.

Que, la participación de los Colegios en la construcción de carrozas y carruajes, es una tradición profundamente arraigada, que requiere un esfuerzo considerable por parte de los estudiantes, conocidos como “carroceros”, así como de sus familias y Docentes.

Que, los gastos asociados con la alimentación de los mismos, durante el Período de construcción y desfile de carrozas y carruajes, representan una carga económica significativa para los Colegios, estudiantes y las familias involucradas,

Que si bien la Ordenanza N° 1162/016, en su Art. 3º dispone que el Ejecutivo Deberá proveer de almuerzo y merienda a los alumnos carroceros mientras realizan sus trabajos, es sabido que durante la estadía en San Salvador, se torna complicado el traslado de los alimentos por lo que se generan gastos extras, que ante la difícil situación económica es necesario evitar.

Que, ante lo expuesto se torna necesario y oportuno   prestar Acuerdo de manera excepcional al Ejecutivo Municipal para que brinde la ayuda económica que será destinada a gastos asociados con la alimentación de los alumnos que se encontraran representando a nuestra Ciudad en la Fiesta Nacional de los Estudiantes.

Que, es deber del Estado Municipal, apoyar a los jóvenes de la Ciudad de Perico, que participan en esta actividad, facilitando su participación a través de la provisión de una ayuda económica, que cubra estos gastos.

Que, El Art. 52 Inc. 2 de la Carta Orgánica Municipal dispone que es facultad del Concejo Deliberante Autorizar gastos no incluidos en el presupuesto.

Por todo ello y de conformidad a la legislación vigente;

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CIUDAD PERICO

ORDENA:

ARTÍCULO 1º: PRESTAR ACUERDO al Departamento Ejecutivo Municipal, de manera excepcional y por única vez, para otorgar un   beneficio económico, a los alumnos de los Establecimientos Educativos de nuestra Ciudad, que construyen carrozas o carruajes, y que nos representaran en la Fiesta Nacional de los Estudiantes Edición 2024, de conformidad a lo expresado en visto y Considerando.

ARTÍCULO 2º: La ayuda económica, mencionada en el Art. 1º será de $1.200.000 (Pesos un millón, doscientos mil), para cada Establecimiento Educativo de la Ciudad de Perico, que participe en la construcción de carrozas o carruajes,

ARTÍCULO 3º: El Departamento Ejecutivo Deberá instrumentar el dispositivo legal pertinente para la entrega de la ayuda económica mencionada en el Art. 2º de la presente, a los efectos de transparentar las operaciones del egreso de fondos.

ARTICULO 4º: El importe será entregado a los Directivos de los Establecimientos Educativos, junto a los Profesores Asesores y alumnos carroceros

ARTÍCULO 5º: Los gastos que demande el cumplimiento de la presente serán imputados a las partidas presupuestarias vigentes o en su defecto de los Recursos Ordinarios y/o extraordinarios del Tesoro Municipal

ARTICULO 6º: COMUNÍQUESE, al Departamento Ejecutivo Municipal a sus efectos. Publíquese en el boletín Oficial.  Regístrese. Cumplido. ARCHÍVESE.

Sala de Sesiones, 29 de Agosto de 2.024

 

CPN. Cristian A. Valdiviezo

Presidente