BOLETIN OFICIAL Nº 99 – 04/09/2024

El Dr/a. juez/a en Cámara en lo Civil y Comercial- Sala II- Vocalía 6, en el expediente C-232683/2023, caratulado: “Daños y Perjuicios: ARJONA GABRIELA ROCIO c/ ACOSTA, AGUSTIN MARCOS Y OTROS”, notifica a AGUSTIN MARCOS ACOSTA DNI 16889037 y ANGELICA NORMA LOPEZ la providencia que a continuación se transcribe: San Salvador de Jujuy, 07 de Agosto del 2.024 1.- Proveyendo al escrito digital Nº 1302008: Téngase presente y agréguese La publicación de Edicto adjuntada por el Dr. Juan M. Ugarte. 2.- Atento el informe actuarial que antecede y lo solicitado por el Dr. Juan M. Ugarte, dése por decaído el derecho a contestar demanda a los Sres. AGUSTIN MARCOS ACOSTA  y ANGELICA NORMA LÓPEZ. Asimismo desígnese al Defensor Oficial Civil que por turno corresponda, para actuar en su nombre y representación. 3.- Actuando en autos el principio contenido en los arts. 63 y 85 del C.P.C.C., impónese a la parte interesada la carga de confeccionar la diligencia ordenada para su posterior control y firma por Secretaría la que deberá presentarse como diligencia colaborativa a través del S.I.G.J. 4.– Proveyendo escrito Nº 1331124: Al insta trámite solicitado, estése a lo aquí dispuesto. 5.-Notifíquese por cédula. Firmado por Sapag, Ana María Del Huerto- Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial. Firmado por Taglioli, Agustina Paola – Secretario de Primera Instancia.-

 

04 SEPT. LIQ. Nº 37098 $750,00.-