BOLETIN OFICIAL Nº 96 – 28/08/2024
El Dr./a. Puca, Diego Armando juez/a en Juzgado de Primera Instancia Nº 2 – Secretaría 3, en el expediente C-178743/2021, caratulado: “PREPARA VÍA EJECUTIVA: MARSIGLIA, MARCELO ALEJANDRO c/ TOLABA ENRIQUE, NICOLAS y otros”, notifica a Ortiz María Emilia DNI Nº 35.555.270 y a Tolaba Enrique Nicolás DNI Nº 36.803.645, cuyos domiciliados reales se desconocen, de la providencia que a continuación se transcribe: “San Salvador de Jujuy, 31 de Mayo del 2022.-Conforme a las constancias de Auto y a lo solicitado por la parte actora en el escrito de fs.51, hágase efectivo el apercibimiento oportunamente decretado en contra de los demandados, SR. TOLABA ENRIQUE NICOLAS, D.N.I. Nº 36.803.645, SR. MARTINEZ MAXIMILIANO RUBEN DNI Nº 31.137.703,SRA. ORTIZ MARIA EMILIA DNI Nº 35.555.270, SRA. SORUCO SONIA ILEANA DEL PILAR DNI Nº 22.946.800 y téngase por expedita la vía ejecutiva librándose en su contra y en el domicilio denunciado mandamiento de pago ejecución por la suma de PESOS CIENTO VEINTISEIS MIL OCHOCIENTOS CINCO 09/100 ($ 126.805,09 ) por capital reclamado, con más la suma de PESOS SESENTA Y TRES MIL CUATROCIENTOS DOS CON 54/100 ($63.402,54).-…Asimismo, CÍTESELO DE REMATE para que oponga excepciones legítimas, si las tuviere, en el término de CINCO (5) DIAS, en el Juzgado Civil y Comercial 2, Secretaría 3, sito en calle Independencia esquina Lamadrid bajo apercibimiento de llevar adelante la presente ejecución. Asimismo intimase a la demandada para que en el mismo término que el antes fijado, constituya domicilio legal dentro del radio de TRES KILOMETROS del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerar notificada por Ministerio de ley todas las posteriores resoluciones que se dicten (arts. 52 y 154 del C.P.C.). Siendo criterio del suscripto deberá el solicitante presentarlos para su debido control y firma facultando a la misma y/o persona que ella misma designe para su diligenciamiento”. Deberá ser publicado en un diario local y en el Boletín Oficial, tres veces en cinco días, haciéndole saber al accionado que los términos comienzan a correr a partir del DECIMO DIA de la última publicación, conforme lo establecido por el art. 162 del C.P.C.- Facúltese para su diligenciamiento al Dr. Juan Maximiliano Vallejo y/o a la persona que este designe.-
21/26/28 AGO. LIQ. Nº 36930 $2.250,00.-