BOLETIN OFICIAL Nº 95 – 26/08/2024

El Dr. Enrique Mateo, la Dra. Lis Valdecantos y el Dr. Diego Armando Puca, Vocales de la Sala II de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, en el EXPTE Nº C-055250/15 caratulado “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles en Expte. Principal C-017091/13: URZAGASTE CLARA LUISA c/ ALVAREZ PRADO MERCEDES” han dictado la siguiente Resolución, que en la parte dispositiva expresa: “en la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, a los catorce días del mes de marzo del año dos mil veinticuatro, reunidos los Vocales Enrique Mateo, Lis Valdecantos y Diego Armando Puca, vieron los expedientes Nº C-055.250/15: “Prescripción adquisitiva de inmueble: Urzagaste, Clara Luisa c/ Álvarez Prado, María Mercedes” y el N° C-17901/13: “Medidas Preparatorias: Urzagaste, Clara Luisa c/ Álvarez Prado, María Mercedes” … Por lo expuesto la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, Resuelve: 1. Hacer lugar a la demanda por prescripción adquisitiva de dominio promovida por Clara Luisa Urzagaste en contra de Mercedes Álvarez Prado; en consecuencia, declarar que por la posesión de más de 20 años adquirió el dominio del inmueble individualizado como Padrón A-3376, circunscripción 1, Sección 17, Parcela 204, Fracción 5A; ubicado en Los Molinos, Departamento Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy, conforme al plano aprobado por Resolución Nº 13413 de la Dirección de Inmuebles en fecha 06/06/13. 2. Imponer las costas por el orden causado y diferir la regulación de los honorarios profesionales. 3. Publicar la parte dispositiva (artículo 541 del C.P.C.) y establecer el comienzo de la posesión el día 01/01/93 (artículo 1905 del C.C. y C.N.). 4. Oficiar a la Dirección de Inmuebles para que inscriba el dominio a nombre de Clara Luisa Urzagaste. 5. Notificar, protocolizar, informatizar, etc.- Fdo. Dres. Enrique Rogelio Mateo, Dra. Lis Valdecantos Y El Dr. Diego Armando Puca – Jueces-. Ante mí, Dra. María Elena José -Firma Habilitada- Publíquese en Boletín Oficial y un diario local tres veces por el término de 5 días.- San Salvador de Jujuy, 14 de agosto de 2.024.-

 

21/26/28 AGO. LIQ. Nº 36974 $2.250,00.-