BOLETIN OFICIAL Nº 91 – 14/08/2024

Dr. Diego Armando Puca, Juez Habilitado del Juzgado de Primera Instancia Nº 6- Secretaría 12 de los Tribunales Ordinarios de Jujuy, en el Expte. N° C-171699/2021: “Ejecutivo: NOVA INFORMATICA S.A. c/ MIÑO, ANTONIO; ordena por este medio notificar los siguientes proveídos: “San Salvador de Jujuy, 06 de Diciembre de 2021.- Téngase por cumplimentado el requerimiento efectuado oportunamente, la tasa de Justicia y lo aportes de ley que adjunta agréguense en autos.- Por presentada la Dra. ANDREA FABIANA CLAPIER, por parte, en nombre y representación de la NOVA INFORMATICA S.A., a mérito del Poder General para Juicios que en copia juramentada acompaña y por constituido domicilio legal. Atento a lo solicitado, y lo dispuesto por los Art. 472 y 478 y correlativos del C.P.C, líbrese en contra del demandado SR. ANTONIO MIÑO, DNI Nº 34.824.843, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de $250.000.- en concepto de capital reclamado, con más la de $50.000.- presupuestada para responder a accesorias legales, intereses y costas del presente juicio. En defecto de pago  trábese embargo sobre  bienes muebles del demandado hasta cubrir ambas sumas, debiéndose designar depositario judicial de los mismos al propio demandado y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto nombre y domicilio del o de los acreedores y cítesela de remate para que oponga excepciones legítimas si las tuviere dentro del plazo de CINCO DIAS, bajo apercibimiento de mandar llevar la ejecución. Córrasele traslado del pedido de intereses con las copias respectivas en igual término que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo le intimará la constitución de domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por ministerio de ley todas las resoluciones posteriores, cualquiera sea su naturaleza (Arts. 52 y 154 del C.P.C.) haciéndole saber que los días de notificación en Secretaría del Juzgado son los martes y jueves ó el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónese al Sr. OFICIAL DE JUSTICIA con facultades de allanar domicilio y hacer uso de la fuerza pública si fuere necesario. Hágase saber a la parte que a título de colaboración deberá confeccionar las medidas ordenadas y presentarlas para su posterior control y firma. Notifíquese por Cedula.- Fdo.: Dra. María Eliana Rondon- Juez por Habilitación. Ante mí: Dra. Adela Fernanda Salaverón- Secretaria”. “San Salvador de Jujuy, 2 de Febrero de 2024. Proveyendo al escrito Nº 1044892: atento a lo solicitado por la Dra. Clapier, Andrea Fabiana procédase a la notificación al demandado del proveído de fecha 06/12/2021 por edictos mediante la publicación en el Boletín oficial y en un diario local.- Se le hace saber a la letrada que deberá confeccionar la diligencia ordenada y presentarla en la bandeja de colaborativas del S.I.G.J. para su control y posterior firma.-Notifíquese por cédula.- Fdo. Dr. Puca, Diego Armando- Juez Habilitado. Ante mí: Rivero, María Noelia Isabel – Firma habilitada”.- Publíquese en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en el término de cinco días.-  San Salvador de Jujuy, 19 de Febrero de 2024.-

 

14/16/19 AGO. LIQ. Nº 36679 $2.250,00.-