BOLETIN OFICIAL Nº 91 – 14/08/2024
DECRETO Nº 951-MS/2024.-
EXPTE. Nº 1415-007/2019.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 JUN. 2024.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dejase sin efecto el Decreto N° 8.169-MS/2023 de fecha 08 de mayo del año 2023.-
ARTICULO 2º.- Modificase el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2024 – Ley Nº 6.371, planta de personal permanente de la U. de O. “2B” Dirección General del Servicio Penitenciario, dependiente de la Jurisdicción “Y” Ministerio de Seguridad, conforme se indica seguidamente.
SUPRIMIR | CREAR | ||
Grado | Cantidad | Grado | Cantidad |
Adjunto Principal | 1 | ||
Subayudante | 2 | ||
SUB-TOTAL | 2 | SUB-TOTAL | 1 |
TOTAL | 2 | TOTAL | 2 |
ARTICULO 3º.- Adecuase en la planta de personal permanente de la U. de O. “2B” Dirección General del Servicio Penitenciario dependiente de la Jurisdicción “Y” Ministerio de Seguridad al grado de Adjutor Principal del Escalafón Profesional, al Odontólogo Gonzalo Federico Linares, D.N.I. N° 25.064.715, Credencial N° 1.952, con retroactividad al día 28 de agosto del año 2019.-
ARTICULO 4º.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto en el artículo precedente, se atenderá con las partidas presupuestarias previstas en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos – Ejercicio 2019 – Ley Nº 6.113; 2020 – Ley Nº 6.149; 2021 – Ley N° 6.213; 2022 – Ley N° 6.256; 2023 – Ley N° 6.325 y también se encuentra prevista en el corriente año 2024 – Ley N° 6.371.-
EJERCICIOS ANTERIORES (Período no consolidado). Se imputarán a la Deuda Pública Provincial (Partida 03-10-15-01-26 para pago de obligaciones no comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, de la Jurisdicción “L” Deuda Pública).
EJERCICIO 2024 con las respectivas partidas de Gastos en Personal asignadas a la Jurisdicción “Y” Ministerio de Seguridad – Unidad de Organización “2B” – Dirección General del Servicio Penitenciario.
ARTICULO 5º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Seguridad y de Hacienda y Finanzas.-
ARTICULO 6º.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado. Comuníquese. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su amplia difusión. Pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal y Servicio Penitenciario de Jujuy para conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Seguridad a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR