BOLETIN OFICIAL Nº 89 – 09/08/2024

Tribunal de Familia – Sala II – Vocalía 4- ALIMENTOS- LIQUIN, NOELIA MABEL c/ VELARDE, JUAN JOSE. Firmado por Eliazarian, Estrella Anahid – Juez del Tribunal de Familia Firmado por Jorge, María Eugenia – Prosecretario de Juzgado. Notifica a Velarde, Juan José D.N.I. Nº 39.808.224 con domicilio en Gral. Lavalle Santa Ana 191 – El Carmen  – Provincia de Jujuy_, de la providencia que a continuación se transcribe: REF. EXPTE. N°: C-223119/23.-A DESPACHO EN: 14/12/23.- Informo a V.S. que en fecha 23/05/23, el demandado fue notificado mediante carta documento como persona caracterizada, en el domicilio Tronador N ° 886, Villa Ortuzar, CABA. Que la Dra. Choque, Yamila Paola informa en escrito digital Nº 1025404, que el accionado Sr. Velarde ya no vive en el mismo domicilio, ya que era un lugar temporal donde alquilaba. Que estando pendiente la notificación del decaimiento del derecho ordenado contra el demando en punto II de providencia de fecha 06/11/23 y desconociendo el domicilio actual del Sr. Velarde, se procede a la notificación por edictos. Es todo cuanto tengo que informar.- SAN SALVADOR DE JUJUY, 14 DE DICIEMBRE DE 2023.-I.- Téngase presente en informe actuarial que antecede.-II.- Atento a lo manifestado por la Dra. Choque, Camila Paola en escrito digital N° 1025404 y conforme las constancias de autos, consecuentemente procédase a la notificación mediante edictos a los fines de notificar al accionado Sr. Velarde, Juan José D.N.I. Nº 39.808.224, los cuales deberán publicarse en el Boletín Oficial y en un diario local en 3 oportunidades, debiendo adjuntar en autos los comprobante/s correspondientes,  hágase saber al letrado que deberá arbitrar los medios necesarios para iniciar y dar cumplimiento con lo referido precedentemente, en el plazo de CINCO DÍAS, bajo apercibimiento de Ley.-III.- Notifíquese por cédula. Diligencia a cargo de la promotora de autos.-Jd. Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local en 3 oportunidades en el plazo de CINCO DÍAS, bajo apercibimiento de Ley.- San Salvador de Jujuy, 08 de marzo de 2014.-

 

07/09/12 AGO. LIQ. Nº 36811 $2.250,00.-