BOLETIN OFICIAL Nº 88 – 07/08/2024

ADENDA DE CONTRATO DE SOCIEDAD DE RESPONSABILIDAD LIMITADA “JALLALLA PRODUCCIONES S.R.L.”.- Entre los Sra. VANESA GISELLE AJALLA, nacida el día 29 de noviembre de 1984, argentina, soltera, diseñadora gráfica, con domicilio en Vélez Sarsfield N.º 269 Bº Cuyaya de Ciudad Capital, Provincia de Jujuy ,  DNI N.º  31.343.257 CUIT 27-31343257-6  y, la Sra. FLORENCIA ANGELINA MAMANI, nacida el día 12 de agosto de 1984, argentina, soltera, diseñadora gráfica , con domicilio en calle Leopoldo Bárcena N.º 556 Bº San Pedrito  de la ciudad de San Salvador de Jujuy, DNI N.º 31.075.236, CUIT 27-31075236-9,  se suscribe esta ADENDA al contrato constitutivo de la sociedad denominada “ JALLALLA PRODUCCIONES S.R.L”,  en adelante Contrato, firmado el 10 de marzo del 2023 con las siguientes cláusulas que se establecen a continuación: 1.Objeto: La presente tiene por objeto modificar el artículo QUINTO que quedara redactada de la siguiente manera: QUINTO: Capital Social: Suscripción e integración: El capital social se fija en la suma de PESOS CIEN MIL (100.000 mil) dividido en 100 cien cuotas de PESOS UN MIL ($ 1.000) de valor nominal cada una. Las cuotas son suscriptas en las siguientes proporciones: la Sra. Vanesa Giselle Ajalla, 50 cuotas por la suma de PESOS CINCUENTA MIL $(50.000) y la Sra. Florencia Angelina Mamani 50 cuotas por la suma de PESOS CINCUENTA MIL ($ 50.000). El capital social mencionado se encuentra totalmente suscripto por los socios en proporción a su participación CINCUENTA POR CIENTO (50%) a cargo de la Sra. Vanesa Giselle Ajalla y CINCUENTA POR CIENTO (50%) a cargo de las Sra.  Florencia Angelina Mamani. Se integran en este acto el veinticinco por ciento (25%), se efectúa totalmente en dinero efectivo, es decir, la suma de Pesos Veinticinco mil ($ 25.000) , en las proporciones de la participación de cada uno: Pesos doce mil quinientos ($ 12.500) la Sra. Vanesa Giselle Ajalla; y Pesos doce mil quinientos  ( $12.500 ) la Sra. Vanesa Giselle Ajalla , comprometiéndose todos los socios en la medida de su participación a integrar el 75% restante en dinero efectivo, es decir, la suma de Pesos Setenta y cinco mil 00/100 ( $ 75.000) en el plazo máximo de dos años.- En caso de que la sociedad decidiera aumentar el capital, dicho aumento se resolverá por mayoría absoluta de capital y podrá ser efectuado por instrumento privado.-Acta Constitutiva: A) Sede Social: Quienes suscribimos, VANESA GISELLE AJALLA, DNI N.º 31.343.257 y, la Sra. FLORENCIA ANGELINA MAMANI DNI N.º 31.075.236, declaramos bajo juramento como sede y administración de la Sociedad “JALLALLA PRODUCCIONES S.R.L.”, calle Vélez Sarsfield N.º 269 Bº Cuyaya de Ciudad Capital, Pcia. de Jujuy, y establecemos como correo electrónico hola@jallallaproducciones.com, a los fines de las notificaciones de la Sociedad. – B) VANESA GISELLE AJALLA DNI Nº 31.343.257, manifiesta, en carácter de declaración jurada, de conformidad con la L.G.S. y Res. UIF 11/2011, no estar comprendido dentro de la nómina de personas expuestas políticamente y que no se encuentran alcanzada por las incompatibilidades e inhibiciones establecidas en los art. 157 y 164 de la Ley 19.550 – C) FLORENCIA ANGELINA MAMANI N.º 31.075.236, manifiesta, en carácter de declaración jurada, de conformidad con la L.G.S. y Res. UIF 11/2011, no estar comprendido dentro de la nómina de personas expuestas políticamente y que no se encuentran alcanzada por las incompatibilidades e inhibiciones establecidas en los art. 157 y 164 de la Ley 19.550.- En prueba de conformidad, se firman tres ejemplares y a un solo efecto, en la ciudad de San Salvador de Jujuy a los once días del mes de septiembre de 2023.- ESC. MARIA SOLEDAD CONGIU- TIT. REG. N° 98- S. S. DE JUJUY- JUJUY.-

 

FISCALÍA DE ESTADO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

RESOLUCION Nº 066-DPSC-2024.-

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-107-2023.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 01 de febrero de 2024.-

VISTO:

Las actuaciones de la referencia en las que la Dra. Cintia Gisela Barrios, en carácter de autorizada de la firma JALLALLA PRODUCCIONES S.R.L., solicita, la INSCRIPCION CONSTITUCION DE SOCIEDAD DE LA FIRMA JALLALLA PRODUCCIONES S.R.L. y,

CONSIDERANDO:

Que para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoría Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos. –

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: ORDENASE la publicación de edictos en el Boletín Oficial por un día del Contrato Constitutivo realizado en instrumento privado de la firma Jallalla Producciones S.R.L. del día 10 de marzo de 2023, de fs. 02/04 del expediente administrativo, con firmas certificadas por la Escribana Publica Raquel María Delia Games Titular del Registro Notarial Nº 06, firmadas por Vanesa Gisella Ajalla D.N.I. Nº 31.343.257 y Florencia Angélica Mamani D.N.I. Nº 31.075.236 y Adenda de Contrato Constitutivo de Jallalla Producciones del día 11 de septiembre de 2023, con firmas certificadas por la Escribana Publica María Soledad Congiu Titular al Registro Notarial Nº 98, firmadas  por Vanesa Gisella Ajalla D.N.I. Nº  31.343.257 y Florencia Angélica Mamani D.N.I. Nº 31.075.236, diligencias a cargo de la Dra. Cintia Gisela Barrios.-

ARTICULO 2º: Agregar copia en autos, notificar a las partes y registrar. –

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

07 JUL. LIQ. Nº 36837 $1.100,00.-