BOLETIN OFICIAL Nº 87 – 05/08/2024

DECRETO N° 815-E/2024.-

EXPTE. N° 1056-984/23.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 MAY. 2024.-

VISTO:

Las actuaciones por las que se tramita la promoción de la agente Norma del Valle Sambrano, C.U.I.L. 27-11986865-9, quien revista en el cargo Categoría 2, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, Ley N° 3161/74, de la U. de O.: F4 – Secretaría de Gestión Educativa, al cargo Categoría 24, en el marco de las disposiciones de la Ley N° 5502/05 y su Decreto Reglamentario N° 8865-H-07; y

CONSIDERANDO:

Que, rolan formularios de Adhesión a la Ley N° 5502/05 e intervención de Escribanía de Gobierno.-

Que, de las constancias obrantes en autos surge que la mentada agente reúne los recaudos legales exigidos para acceder a los beneficios de la citada norma.

Que, como consecuencia de la rejerarquización determinada por el Poder Ejecutivo mediante Decreto Acuerdo N° 5351-HF-2022 para el personal de planta permanente comprendido en el régimen de la Ley N° 3161/74, la Sra. Sambrano fue recategorizada a la Categoría 18, situación que resta materializarse mediante la emisión del acto administrativo pertinente.

Que; obra intervención de la Dirección Provincial de Personal.-

Que, la Dirección Provincial de Presupuesto indica la partida presupuestaria para atender el gasto que demande el presente trámite, informando Contaduría de la Provincia que la misma a la fecha cuenta con disponibilidad de crédito.-

Que, Fiscalía de Estado emite dictamen favorable de cuyos términos se desprende que se encuentran delineados los elementos necesarios para promover a la agente Norma del Valle Sambrano a la máxima categoría del Escalafón General, Ley 3161/74, a partir del 01 de enero de 2024, de conformidad a las disposiciones del Decreto N’ 8865-H-07, reglamentario de la Ley Nº 5502/05.-

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1°.- Promuévese a la Sra. Norma del Valle Sambrano, C.U.I.L. 27­-11986865-9, al cargo categoría 24, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, Ley N° 3161/74, de la U. de O.: F4 – Secretaría de Gestión Educativa, con retroactividad al 01 de enero de 2024, en’ el marco de las disposiciones de la Ley N° 5502/05 y su Decreto Reglamentario Nº 8865-H-07, de conformidad a lo expresado

ARTÍCULO 2°.- La erogación emergente del presente trámite, se atenderá con las Partidas Presupuestarias indicadas a continuación:

Ejercicio 2024.- Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2024, Ley N° 6371, para la Jurisdicción “F” Ministerio de Educación, U. de O.: “F4”’ Secretaria  de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente tornará fondos de la Partida prevista en la Jurisdicción “K”, obligaciones a Cargo del Tesoro denominada: 1-1-1-1-1-60 “Adecuación Ley N° 5502”.

ARTÍCULO 3°.- Instruyese a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3°, Anexo I, del Decreto N° 8865- ­H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 100º Bis de la Ley N° 3161/74 modificado por Ley N° 5748/12.-

ARTÍCULO 4°.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.-

ARTÍCULO 5°.- Por Coordinación de Despacho del Ministerio de Educación, procédase a notificar del término del presente Decreto.-

ARTÍCULO 6°.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.-

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR