BOLETIN OFICIAL Nº 84 – 29/07/2024

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETO Nº 2060.24.007.-

EXPEDIENTE  N° 16–9934–2024-1.-

San Salvador de Jujuy,  25 JUL. 2024.-

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza N° 8054/2024, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 11/2024 de fecha 11 de Julio de 2024, mediante el cual se modifica el Artículo 389° del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 3898/2003) y el Artículo 91° de la Ordenanza N°  7974/2023; y

CONSIDERANDO:

Que, tomado conocimiento la Secretaría de Hacienda, la misma no expresa objeción al Proyecto de Ordenanza antes citado, por lo cual corresponde el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;

Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 8054/2024, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 11/2024 de fecha 11 de Julio de 2024, mediante la cual se modifica el Artículo 389° del Código Tributario Municipal (Ordenanza N° 3898/2003) y el Artículo 91° de la Ordenanza N°  7974/2023.-

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por la Srta. Secretaria de Hacienda Lic. AGUSTINA MARIA APAZA, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Dirección General de Rentas y a la Coordinación General de Comunicación. Asimismo remítase un ejemplar del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-

 

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente