BOLETIN OFICIAL Nº 83 – 26/07/2024
DECRETO Nº 698-E/2024.-
EXPTE. Nº 1056-11147/2023.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 27 MAY. 2024.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Promuévase al Sr. Felipe Santiago Guerrero C.U.I.L. N° 20-12649257-0, al cargo Categoría 24, Agrupamiento Administrativo del Escalafón General previsto en la Ley N° 3161/74, de la U. de O.: “F4” Secretaría de Gestión Educativa, con retroactividad al 1º de enero de 2024, en el marco de las disposiciones de la Ley N° 5502/05 y su Decreto Reglamentario N° 8865-H-07, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.- La erogación emergente del presente trámite, se atenderá con ‘s Partida Presupuestaria indicada a continuación:
Ejercicio 2024.- Gasto en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto Genera de Gasto y Cálculo de Recursos. Ley N° 6371, para la U. de O.: “F4” – Secretaria de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente se reforzarán tomando Créditos de la Partida prevista en Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro – denominada: 1-1-1-1-1-60 “Adecuación Ley Nº 5502”.
ARTÍCULO 3º.- Instrúyese a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3º, Anexo I, del Decreto N° 8865-H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 100 bis de la Ley N° 3161/74 modificado por Ley N° 5748/12.-
ARTÍCULO 4º.- El presente decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 5º.- Por la Coordinación de Despacho del Ministerio de Educación. procédase a notificar de los términos del presente Decreto.-
ARTÍCULO 6º.- Previa toma razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese, sintéticamente íntegramente en el Boletín Oficial. Siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Hecho, pase sucesivamente a la Dirección Provincial de Personal, Dirección Provincial de Presupuesto y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR