BOLETIN OFICIAL Nº 81 – 22/07/2024

DECRETO Nº 12847-G/2023.-

EXPTE. Nº 300-140/2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 07 DIC. 2023.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Téngase por dispuesta la adecuación escalafonaria del personal de planta permanente, Escalafón Profesional (Ley N° 4413), dependiente de la U. de O. 3 -Fiscalía de Estado, Jurisdicción “A” Gobernación, en el marco de lo normado por el Decreto-Acuerdo N° 5064-HF-21, conforme se detalla en el ANEXO I que forma parte del presente Decreto, a partir del 1 de Diciembre de 2021.-

ARTICULO 2º.- La erogación que demanda el cumplimiento de lo dispuesto por el presente Decreto se atiende conforme se detalla a continuación:

  • Para los Ejercicios 2021 y 2022, con la Partida de Gastos en Personal prevista en la Jurisdicción “A” Gobernación, U. de O. 3-Fiscalía de Estado, por las Leyes de Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos respectivas.
  • Para el Ejercicio 2023, con la Partida de Gastos en Personal prevista en la Jurisdicción “A” Gobernación, U. de O. 3-Fiscalia de Estado. La que de resultar insuficiente tomará fondos de la partida: 01-01-01-01-01-100 “Regularización Decretos 5064-HF-21 y 5351-HF-22”, correspondiente a la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro, del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos -Ley Nº 6325.
  • Para EJERCICIOS ANTERIORES (Períodos No Consolidados), si los hubiera, se atenderá con la partida: 03-10-15-1-26-0 “Para Pagos de Obligaciones no Comprometidas Presupuestariamente en Ejercicios Anteriores”, prevista en la Jurisdicción “L” Deuda Pública del Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos -Ejercicio 2023 (Ley N° 6325), cuya administración y ejecución corresponde a Contaduría de la Provincia de acuerdo a la efectiva disponibilidad de fondos.

 

ARTICULO 3º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros de Gobierno y Justicia, y de Hacienda y Finanzas.-

ARTICULO 4º.- Regístrese. Tomen razón Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas. Comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, gírese a la Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto y Dirección Provincial de Personal para conocimiento y registro. Fecho, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia para demás trámite.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR