BOLETIN OFICIAL Nº 79 – 17/07/2024
DECRETO N° 452-HF/2024.-
EXPTE. N° 500-218/2024.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 23 ABR. 2024.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Fíjese, a partir del 1° de abril de 2024, como parte integrante de la política salarial del presente ejercicio, a favor de los trabajadores jornalizados, el monto del jornal diario en los importes que surgen del Anexo que integra el presente.-
ARTICULO 2º.- La erogación que demande lo establecido en este acto se atenderá con la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.-
ARTICULO 3°.- Invítese a los Municipios de la Provincia a adherir a las disposiciones del presente Decreto.-
ARTICULO 4°.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas y de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Trabajo.-
ARTICULO 5°.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Trabajo y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a demás efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR