BOLETIN OFICIAL Nº 79 – 17/07/2024

DECRETO ACUERDO Nº 2024-1-E-JUJ-GOB.-

EX-2024-00028642- -JUJ-MHF.  

SAN SALVADOR DE JUJUY, 5 JUL. 2024.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA 

 EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS 

 DECRETA: 

ARTÍCULO 1º: Fíjense, a partir del 1° de julio de 2024 los montos que, como base o tope respectivamente, se establecen para cada forma de contratación, de acuerdo a lo dispuesto por el Artículo 19º del Decreto-Acuerdo Nº 3716-H-78 “REGLAMENTO DE CONTRATACIONES DEL ESTADO”:

  1. a) LICITACIÓN PÚBLICA:

En compras o ventas cuyos montos superen los …………………..$ 250.000.000.-

En contrataciones de obras públicas y publicidad cuyos montos

excedan la suma de…………………………………………………….$ 600.000.000.-

  1. b) LICITACIÓN PRIVADA:

En compras o ventas cuyos montos no superen los………………. $ 250.000.000.-

En contrataciones de obras públicas y publicidad cuyos montos

no excedan la suma de……………………………………………… $ 600.000.000.-

  1. c) CONCURSO DE PRECIOS:

En compras o ventas cuyos montos no superen los ……………….$ 150.000.000.-

En contrataciones de obras públicas y publicidad cuyos montos

no excedan la suma de ……………………………………………… $ 400.000.000.-

  1. d) CONTRATACIONES DIRECTAS:

En compras o ventas cuyos montos no superen los ……………….$ 50.000.000.-

En contrataciones de obras públicas y publicidad cuyos montos

no excedan la suma de…………………………………………………$ 150.000.000.-

ARTÍCULO 2º: Los montos indicados se establecen como presupuestos oficiales para cada forma de contratación en los respectivos procedimientos de compras, ventas o contratación de obras públicas y publicidad. En caso de que la mejor oferta presentada en el mecanismo de contratación empleado supere en más de un veinte por ciento (20%) el límite correspondiente deberán cumplimentarse los requisitos exigidos para la modalidad que resulte aplicable.-

ARTÍCULO 3º: Toda contratación de publicidad, cuando se trate de sumas mayores a PESOS CIENTO CINCUENTA MILLONES ($ 150.000.000) deberá ser autorizada por Decreto del Poder Ejecutivo.-

ARTÍCULO 4º: Previa toma de razón de Fiscalía de Estado, publíquese -en forma sintética- en el Boletín Oficial, pase a la Secretaria de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Siga a conocimiento de la Auditoria General de la Provincia, Contaduría de la Provincia, Jefatura de Gabinete de Ministros, Ministerios de Gobierno, Justicia, Derechos Humanos y Trabajo; de Desarrollo Económico y Producción; de Infraestructura, Servicios Públicos, Tierra y Vivienda; de Salud; de Desarrollo Humano; de Educación; de Cultura y Turismo; de Ambiente y Cambio Climático; de Seguridad y de Planificación Estratégica y Modernización. Cumplido vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas y archívese.-

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR