BOLETIN OFICIAL Nº 78 – 15/07/2024
EXPTE. Nº 500-168/2023.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 MAR. 2023.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispóngase, a partir del mes de marzo de 2023, como parte integrante de la política salarial del presente ejercicio, para el personal de planta permanente, reemplazantes o contratados bajo la modalidad de contrato de servicios, de la Administración Pública Provincial centralizada comprendido en el Escalafón General Ley Nº 3.161, la modificación del concepto “Asignación a la Categoría”, conforme surge del Anexo I que integra el presente.-
ARTICULO 2º.- Autorícese al Ministerio de Hacienda y Finanzas a dictar las normas interpretativas y reglamentarias necesarias para la implementación de lo dispuesto en el presente Decreto.-
ARTICULO 3º.- La erogación establecida en el presente ordenamiento, se imputará a la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.-
ARTICULO 4º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas y de Trabajo y Empleo.-
ARTICULO 5º.- Invítese a los Municipios de la Provincia a adherir a las disposiciones del presente Decreto.-
ARTICULO 6º.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Gobierno y Justicia, Ministerio de Trabajo y Empleo y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a demás efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR