BOLETIN OFICIAL Nº 78 – 15/07/2024

DECRETO Nº 4424-HF/2021.-

EXPTE. Nº 500-549/2021.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 20 OCT. 2021.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Otórgase, a partir del 1º de octubre de 2021, a favor de las Autoridades Superiores y Personal Jerárquico del Poder Ejecutivo comprendidos en los Decretos Acuerdos N° 5764-H-06 y N° 5765-H-06, Vocales y Fiscales del Tribunal de Cuentas. funcionarios del Poder Legislativo y de la Defensoría del Pueblo la siguiente medida salarial, a cuenta de futuros incrementos, conforme lo expresado en el exordio:

  1. CUATRO POR CIENTO (4%), sobre los conceptos Remunerativos Bonificables,
  2. CUATRO POR CIENTO (4%) sobre el Adicional No Remunerativo Bonificable.

 

ARTICULO 2º.- La erogación que demande lo establecido en este acto se atenderá con la Partida de Gastos en Personal prevista en el Presupuesto vigente, autorizando al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias que sean menester.-

ARTICULO 3º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros de Hacienda y Finanzas y de Trabajo y Empleo.-

ARTICULO 4º.- Regístrese. Previa toma de razón por Fiscalía de Estado y Tribunal de Cuentas, publíquese en forma sintética en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, siga sucesivamente a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Ministerio de Trabajo y Empleo y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas a demás efectos.-

 

C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES

GOBERNADOR