BOLETIN OFICIAL Nº 77 – 12/07/2024
EXPTE. Nº 302-262/2023.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 24 JUN. 2024.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Autorízase el cambio de jurisdicción, a la Provincia de Jujuy, de la Asociación Civil “MALER ASOCIACIÓN CIVIL”, con asiento originario en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires.-
ARTICULO 2º.- Déjase establecido que la entidad “Maler Asociación Civil” deberá, en el plazo de sesenta (60) días contados a partir de su notificación, presentar por ante el organismo competente de la Provincia de Jujuy la cancelación de la autorización en la anterior jurisdicción, como asimismo nuevo texto ordenado de Estatuto Social, y demás documentación, para su evaluación y trámite en el marco de lo normado por el Decreto N° 1768-G-SG-58. –
ARTICULO 3º.- Por la Dirección Provincial de Asociaciones y Fundaciones del Registro Público, dependiente de Fiscalía de Estado, notifíquese de los términos del presen- te Decreto.-
ARTICULO 4º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno, Justicia, Derechos Humanes y Trabajo a sus demás efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR