BOLETIN OFICIAL Nº 75 – 08/07/2024
El Dr./a. juez/a en Cámara en lo Civil y Comercial- Sala I- Vocalía 3, en el expediente C-236548/2023, caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: URZAGASTI, ESTELA BEATRIZ c/ TOLABA, DAMIANA”, dispuso la publicación de edictos de citación de acuerdo a la providencia que a continuación se transcribe: Proveído: San Salvador de Jujuy, 1 de Noviembre de 2023. 1.- Por presentado el Dr. Sebastian Emanuel Herrera, en representación de la Sra. URZAGASTI ESTELA BEATRIZ, por constituido domicilio legal a mérito de la copia juramentada del Poder General para Juicios que acompaña.- 2.- Habiéndose cumplimentado con la medidas preparatorias, citase como terceros y atento el estado del trámite, citase como terceros en los términos del Art. 534º del C.P.Civil (conforme modificación Ley Nº 5486), al ESTADO PROVINCIAL, MUNICIPALIDAD DE LA QUIACA PROVINCIA DE JUJUY y a los colindantes Sra. HAYDEE RODRIGUEZ, Sr. OSCAR ANGEL MARTINEZ y Sr. GUSTAVO ANDRADE VIDAURRE en los domicilios denunciados en autos, para que comparezcan dentro de los QUINCE DIAS de ser notificados a fin de que tomen conocimiento del juicio y si consideraren afectados sus derechos, su incomparecencia hará presumir que la demanda no afecta sus derechos. 3.- Publíquense edictos por tres veces, dentro de un período de cinco días, en el Boletín Oficial y un diario local y se transmitirá mediante radiodifusión local por treinta días debiendo acreditar con la certificación pertinente. (conf. Art. 535º del C.P.Civil –modif. Ley 5486), a los fines de que comparezcan aquellos que se consideren con derecho sobre el inmueble que se pretende prescribir. 4.- Notificaciones en Secretaría: Martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. 5.- Para el traslado de demanda de la Sra. DE TOLABA DAMIANA líbrese oficio al juzgado electoral y a la policía de la provincia, para que informe el último domicilio de la accionada. 6.- Intimase al Dr. Sebastian Emanuel Herrera, para que en el plazo de CINCO DIAS reponga los aportes faltantes (tasa de justicia, CAPSAP y estampilla profesional), y a la parte que patrocina tasa de justicia bajo apercibimiento de aplicarle una multa diaria de MIL PESOS ($1000), desde el vencimiento de la intimación y hasta tanto se cumpla con lo oportunamente ordenado (Acordada del Superior Tribunal de Justicia de fecha 08/05/95). 7.- Conforme lo dispuesto en los Arts. 50 y 72 del C.P.C., a título de colaboración confeccionar los edictos, y el oficio al juzgado electoral y presentarlo en Secretaría para su control y firma. 8.- Notifíquese por cédula.-
08/10/12 JUL. LIQ. Nº 36587-36588-36590 $2.250,00.-