BOLETIN OFICIAL Nº 74 – 05/07/2024
EXPTE. Nº 300-316/2018.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 JUL. 2023.-
VISTO:
Los presentes obrados, a través de los cuales se solicita el otorgamiento de Personería Jurídica a favor del “Club Luján – Asociación Civil”, con asiento en la Ciudad de La Quiaca (Departamento Yavi), como asimismo la aprobación de su Estatuto Social, y
CONSIDERANDO:
Que dicha entidad ha dado cumplimiento con las disposiciones del Decreto provincial N° 1768-G-SG-58;
Que, atento los términos del Dictamen N° 1441-DPAF-23 vertido al efecto por Fiscalía de Estado (fs. 156/156vta.), procede dictar el ordenamiento correspondiente;
Por ello,
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Otórgase Personería Jurídica a favor del “CLUB LUJAN – ASOCIACIÓN CIVIL” con asiento en la Ciudad de La Quiaca (Departamento Yavi), У apruébase su Estatuto Social que consta de treinta y nueve (39) Artículos y como Escritura Pública Nº 92 del Registro Notarial N° 48 de la Provincia de Jujuy, corre agregado de fs. 147 a 155 de autos.-
ARTICULO 2º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial y pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido, vuelva al Ministerio de Gobierno y Justicia a sus demás efectos.-
C.P.N. GERARDO RUBEN MORALES
GOBERNADOR