BOLETIN OFICIAL Nº 74 – 05/07/2024

DECRETO Nº 812-E/2024.-

EXPTE. Nº 1056-25596/2022.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 31 MAY. 2024.-

VISTO:

Las actuaciones por las que se tramita la promoción del agente Oscar Dante Rueda, C.U.I.L. 20-13550710-6, quien revista en el cargo Categoría 07. Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, Ley N° 3161/74, de la U. de O.: F4 Secretaría de Gestión Educativa, al cargo Categoría 24, en el marco de las disposiciones de la Ley N° 5502/05 y su Decreto Reglamentario N° 8865-H-07; y

CONSIDERANDO:

Que, rolan formularios de Adhesión a la Ley N° 5502/05 e intervención de Escribanía de Gobierno.

Que, de las constancias obrantes en autos surge que el mentado agente reúne los recaudos legales exigidos para acceder a los beneficios de la citada norma.

Que, como consecuencia de la rejerarquizaciones determinadas por el Poder Ejecutivo mediante los Decretos Acuerdos N° 1135-G/2012 y N° 5351-HF/2022 para el personal de planta permanente comprendido en el régimen de la Ley N° 3161/74, el Sr. Rueda fue recategorizado a las Categorías 15 y 18 respectivamente, situaciones que restan materializarse mediante la emisión de los actos administrativos pertinentes.

Que, obra intervención de la Dirección Provincial de Personal.

Que, la Dirección Provincial de Presupuesto indica la partida presupuestaria para atender el gasto que demande el presente trámite, informando Contaduría de la Provincia que la misma a la fecha cuenta con disponibilidad de crédito.

Que, Fiscalía de Estado emite dictamen favorable de cuyos términos se desprende que se encuentran delineados los elementos necesarios para promover al agente Oscar Dante Rueda a la máxima categoría del Escalafón General, Ley 3161/74, a partir del 01 de enero de 2024, de conformidad a las disposiciones del Decreto N° 8865- H-07 reglamentario de la Ley N° 5502/05.

Por ello, y en uso de las facultades que le son propias;

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTÍCULO 1º.- Promuévese al Sr. Oscar Dante Rueda, C.U.I.L. 20-13550710-6, al cargo categoría 24, Agrupamiento Servicios Generales, Escalafón General, Ley N° 3161/74, de la U. de O.: F4 – Secretaría de Gestión Educativa, con retroactividad al 01 de enero de 2024, en el marco de las disposiciones de la Ley N° 5502/05 y su Decreto Reglamentario N° 8865-H-07, de conformidad a lo expresado en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.- La erogación emergente del presente trámite, se atenderá con las Partidas Presupuestarias indicadas a continuación:

 

Ejercicio 2024.- Gastos en Personal, que al respecto prevé el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos, Ejercicio 2024, Ley N° 6371, para la Jurisdicción “F” Ministerio de Educación, U. de O.: “F4”- Secretaría de Gestión Educativa, la que en caso de resultar insuficiente tomará fondos de la Partida prevista en la Jurisdicción “K” Obligaciones a Cargo del Tesoro denominada: 1-1-1-1-1-60 “Adecuación Ley N° 5502”.

 

ARTÍCULO 3º.- Instrúyese a la Dirección Provincial de Personal para el cumplimiento de la condición exigida en el segundo párrafo del Artículo 3º, Anexo I, del Decreto N° 8865- H-07, a cuyos efectos arbitrará los trámites, comunicaciones y notificaciones necesarias y de conformidad a lo dispuesto por el Art. 100° Bis de la Ley N° 3161/74 modificado por Ley N° 5748/12.-

ARTÍCULO 4º.- El presente Decreto será refrendado por la Señora Ministra de Educación y el Señor Ministro de Hacienda y Finanzas.-

ARTÍCULO 5º.- Por Coordinación de Despacho del Ministerio de Educación, procédase a notificar de los términos del presente Decreto.-

ARTÍCULO 6º.- Regístrese. Tome razón Fiscalía de Estado. Publíquese íntegramente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal y Contaduría de la Provincia. Cumplido, vuelva al Ministerio de Educación a sus efectos.-

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR