BOLETIN OFICIAL Nº 72 – 01/07/2024

CESION DE CUOTA SOCIETARIA. Entre la señora EDI DEL VALLE PIOLI, argentina, Documento Nacional de Identidad número Once millones setenta y dos mil cuatrocientos treinta y nueve, nacida el 27/12/1953, quienes manifiestan ser casada en primeras nupcias con Carlos Luis Pucheta y poseer domicilio real y fiscal en calle Puya Puya Oeste N°78, Barrio San Pedrito de esta Ciudad, quién interviene por sí y en su carácter de socia de “NEUMÁTICOS PIOLI S.R.L.“, por una parte y en adelante denominada CEDENTE; y los señores GRACIELA DEL VALLE PUCHETA, argentina, Documento Nacional de Identidad número Treinta y un millones ochocientos cuarenta y seis mil doscientos veintinueve, CUIL/CUIT 27-31846229-7, nacida el 21/01/1986, de 37 años de edad, quién manifiesta ser soltera, ser comerciante, y poseer domicilio real y fiscal calle Capitán García Cuerva N° 586, 370 Viviendas, Tercera Etapa E del Barrio Alto Comedero de esta Ciudad; CARLOS JAVIER PUCHETA, argentino, Documento Nacional de Identidad número Veintiséis millones quinientos un mil seiscientos cuarenta y cinco, CUIL/CUIT 20-26501645-7, nacido el 30/05/1978, de 45 años de edad, quien manifiesta ser soltero, no encontrarse en unión convivencial inscripta, ser comerciante, y poseer domicilio real y fiscal en calle Gabriel Orias N° 55, Barrio Bajo La Viña de esta Ciudad; y MARTIN LUIS PUCHETA, argentino, Documento Nacional de Identidad número Veintiséis millones quinientos un mil seiscientos cuarenta y cuatro, CUIL/CUIT 20-26501644-9, nacido el 30/05/1978, de 45 años de edad, quien manifiesta ser soltero, no encontrarse en unión convivencial inscripta, ser comerciante, y poseer domicilio real y fiscal en legal en la calle Puya Puya N° 78, Barrio San Pedrito de esta ciudad, quienes intervienen por sus propios derechos, en adelante denominados CESIONARIOS, convienen celebrar la presente Cesión de Cuotas Societarias de “NEUMÁTICOS PIOLI S.R.L.”, sujeto a las siguientes cláusulas y condiciones: PRIMERA: La señora Edi del Valle Pioli, dando cumplimiento a un compromiso contraído con anterioridad, viene a formalizar el presente acto, el cual ya había sido realizado de hecho con anterioridad, por ello CEDE y TRANSFIERE la totalidad de sus cuotas sociales -160- de la siguiente forma: a favor de GRACIELA DEL VALLE PUCHETA, CINCUENTA Y TRES (53) cuotas sociales; a favor de CARLOS JAVIER PUCHETA, CINCUENTA Y TRES (53) cuotas sociales; y a favor de MARTIN LUIS PUCHETA, CINCUENTA Y CUATRO (54) cuotas sociales; de la razón social “NEUMÁTICOS PIOLI S.R.L.”- SEGUNDA: Las partes declaran que el Precio de esta cesión se estipuló en la suma de Pesos Un millón ($1.000.000), el que declara la cedente es cancelado en éste acto, por lo que, en consecuencia otorga a los cesionarios formal carta de pago y recibo, sirviendo a tales efectos, el presente instrumento. Asimismo las partes declaran que conocen y por tanto aceptan la normativa emergente de la ley 25.345, renunciando a cualquier acción futura que pudiera corresponderles, derivada de la misma.- TERCERA: La presente cesión comprende el activo y el pasivo que a la cedente le corresponde por su condición de titular de las cuotas cedidas, en virtud de lo cual los cesionarios asumen en forma proporcional a las cuotas que adquieren las obligaciones fiscales y/o cargas impositivas y/o previsionales de las que la sociedad fuere deudora desde su constitución hasta la fecha.- CUARTA: En consecuencia LA CEDENTE transfiere a LOS CESIONARIOS todos los derechos y acciones emergentes que le corresponden y/o le pudieran corresponder sobre las cuotas cedidas, por lo tanto LOS CESIONARIOS subrogan en todos sus derechos y acciones a LA CEDENTE y ocupan su mismo lugar, grado y prelación en relación a las cuotas cedidas.- Por su parte LOS CESIONARIOS, aceptan la presente cesión efectuada a su favor en los términos referidos.- QUINTA: LA CEDENTE declara que no se encuentra inhibida para disponer de sus bienes y que las cuotas sociales no registran embargos, ni gravámenes de ninguna naturaleza.-SEXTA: En consecuencia de la presente cesión, las cuotas sociales quedan integradas de la siguiente forma: la socia GRACIELA DEL VALLE PUCHETA es titular de Trescientas treinta y tres -333- cuotas, el socio CARLOS JAVIER PUCHETA es titular de Trescientas treinta y tres -333- cuotas, y el socio MARTIN LUIS PUCHETA es titular de Trescientas treinta y cuatro -334- cuotas.-SEPTIMA: Presente en éste acto el señor CARLOS LUIS PUCHETA, argentino, Documento Nacional de Identidad número M Cinco millones noventa y cuatro mil ochocientos cuarenta y dos, nacido el 27/01/1948, casado en primeras nupcias con Edi del Valle Pioli y con domicilio real en calle Puya Puya N° 78, Barrio San Pedrito de esta Ciudad, presta su asentimiento conyugal por el acto de disposición que realiza su esposa.- OCTAVA: El sellado del presente contrato será soportado por LOS CESIONARIOS.- NOVENA: Los socios, declaran bajo juramento: -Que, conocen el contenido de la Resolución de la UIF N° 11/11 y que no están incluidos y/o alcanzados por la nómina de funciones de personas políticamente expuestas; -Que, la sociedad continua poseyendo su domicilio fiscal, legal y como sede social en Ruta Provincial N° 66, Kilómetro 5 acceso Sur de esta Ciudad; -Que, constituyen domicilio especial a los efectos de la Ley 19.550 en los establecidos ut- supra; -Que, NO se encuentran comprometidos en ninguna de las prohibiciones e incompatibilidades previstas por el art. 206 y 264 de la Ley General de Sociedades 19.550 t.o.1984; y –Que, establecen como correo electrónico a los fines de cumplimentar la exigencia establecida por el Registro Público de Jujuy, el siguiente: neumaticospioli@gmail.com. DECIMA: Se confiere AUTORIZACION ESPECIAL a favor de la Escribana Andrea R. Romero Zampini y/o Guillermo F. Ricci, para que realicen todas las gestiones necesarias para obtener la oportuna inscripción registral.- DECIMO PRIMERA: Para todos los efectos judiciales emergentes del presente instrumento, las partes se someten a la jurisdicción y competencia de los Tribunales Ordinarios de la Provincia de Jujuy, renunciando a cualquier otro fuero, inclusive al federal si correspondiese, constituyendo a tales efectos domicilios especiales en los ut supra consignados.-  En prueba de conformidad se firman 4 ejemplares de igual tenor y a un solo efecto en la ciudad de San Salvador de Jujuy, a los 28 días del mes de Noviembre del año Dos mil veintitrés.- ACT. NOT Nº B 00826980- ESC. ANDREA R. ROMERO ZAMPINI- TIT. REG. Nº 45- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-

 

RESOLUCION Nº 377-DPSC-2024- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-549-2023- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-

San Salvador de Jujuy, 18 de Junio de 2024.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

01 JUL. LIQ. Nº 36517 $1.700,00.-