BOLETIN OFICIAL Nº 72 – 01/07/2024

Dr. Juan Pablo Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial  Nº 1 Secretaria Nº 1, de la Provincia de Jujuy, en el Expte Nº C-203401/22, caratulado: “CASTILLO S.A.C.I.F.I.A. c/ CARRILLO GUSTAVO RODOLFO S/ PREPARA VIA EJECUTIVA” cita y emplaza al demandado CARRILLO, GUSTAVO RODOLFO para que en el término de cinco días a partir de la última publicación de edictos pague ante este Juzgado y Secretaría la suma de PESOS  ($  39.531,15.-) en concepto de capital con mas la de PESOS ONCE MIL OCHOCIENTOS CINCUENTA Y NUEVE CON 34/100 ($11.859,34.-), calculadas provisoriamente para responder a intereses y costas del juicio. En defecto de pago trábese EMBARGO sobre bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades designándose depositario judicial al propio afectado y/ o a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades legales. Asimismo requiérase la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores. Acto seguido cíteselo de REMATE para que dentro del plazo  de cinco días comparezca ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial nº 1 Secretaría nº 1, a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la presente ejecución. Además córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Por el mismo término, le intimará la constitución del domicilio legal dentro del de los Tres Kms. del asiento de éste Juzgado bajo apercibimiento de considerarle notificado por Ministerio de Ley, todas las resoluciones posteriores, cualquiera sea su naturaleza (art. 52  y 154 del C. P. C.).- Para el caso que el demandado Sr. CARRILLO GUSTAVO RODOLFO DNI. N°39.809.068 no se presente a hacer valer sus derechos, se le designará oportunamente un Defensor Oficial de Pobre y Ausentes que por turno corresponda (Art. 474 in fine del C.P.C.).- III.- A tal fin publíquense edictos en el Boletín Oficial y un Diario Local por tres veces en el término de cinco días. Fdo. Dr. Juan Pablo Calderón Juez- Ante mí Dra. María de los Ángeles Meyer- Secretaria.- Secretaria N° 1- S.S. de Jujuy 13 de mayo de 2024.-

 

28 JUN. 01/03 JUL. LIQ. Nº 36430 $2.250,00.-