BOLETIN OFICIAL Nº 71 – 28/06/2024

Declaración Jurada. En la ciudad de San Salvador de Jujuy, siendo el día 5 de junio de 2024, quienes suscriben: 1) CLAUDIA SONIA GONZALEZ, Argentina, Casada, Comerciante, de 54 años, nacida el 18 de septiembre de 1969, CUIT 27-20455546-5, D.N.I. Nº 20.455.546, domiciliada en calle Salta 684, de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, 2) PABLO GABRIEL SAYAGO, Argentino, Casado, Abogado, de 52 años, nacido el 15 de julio de 1972, CUIT 23-22777240-9, D.N.I. Nº 22.777.240, con domicilio en calle Salta 684, de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, declaramos bajo juramento que los datos consignados en el presente, son correctos, completos y fiel expresión de la verdadque ninguno de nosotros, se encuentra incluidos y/o alcanzados dentro de la “Nomina de Funciones de Personas Expuestas Políticamente (Resolución 134/2018)” aprobada por la Unidad de Información Financiera, que se ha leído y suscripto. Asimismo, declaramos bajo juramento no encontrarnos comprendidos en las prohibiciones e incompatibilidades previstas por el art. 157 y 264 de la Ley 19.550.-

 

FISCALÍA DE ESTADO

DIRECCIÓN PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES

GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY

RESOLUCION Nº 378-DPSC-2024.-

CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-203/2024.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 de Junio del 2024.-

VISTO:

Las actuaciones de la referencia en las que el DR. PABLO GABRIEL SAYAGO, en carácter de APODERADO de “ANJU S.R.L.”, solicita, la INSCRIPOCION DE CONSTITUCIÓN DE SOCIEDAD, y,

CONSIDERANDO:

Que para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por Asesoria Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran completados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos.-

Por ello:

EL DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PÚBLICO

RESUELVE

ARTÍCULO 1º: ORDENAR la Publicación de Edictos en el Boletín Oficial por un día de Instrumento Privado de fecha 5 de junio de 2024 y Declaraciones Juradas de “ANJU S.R.L.” cuyas copias obran en autos.-

ARTÍCULO 2º: AGREGAR copia en autos, notificar a las partes y registrar.-

 

  1. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

28 JUN. LIQ. Nº 36515 $1.100,00.-