BOLETIN OFICIAL Nº 67 – 14/06/2024

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

EXPEDIENTE Nº 16–7713–2024-1.-

DECRETO Nº 1529.24.042.-

San Salvador de Jujuy, 05 JUN. 2024.-

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza N° 8016/2024, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 07/2024 de fecha 24 de Mayo de 2024, mediante el cual se autoriza al Departamento Ejecutivo a incorporar al Municipio de San Salvador de Jujuy a la Asociación Civil Red Federal de Turismo de la República Argentina; y

CONSIDERANDO:

Que, tomado conocimiento el señor Secretario de Cultura y Turismo, el mismo no expresa objeción al Proyecto de Ordenanza antes citado, por lo cual corresponde el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;

Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal,

EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 8016/2024, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 07/2024 de fecha 24 de Mayo de 2024, mediante la cual se autoriza al Departamento Ejecutivo a incorporar al Municipio de San Salvador de Jujuy a la Asociación Civil Red Federal de Turismo de la República Argentina.-

ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por el Señor Secretario de Cultura y Turismo, Lic. LUCIANO AGUSTIN CORDOBA, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-

ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Dirección General de Turismo, Secretaría de Cultura y Turismo y a la Coordinación General de Comunicación. Asimismo remítase un ejemplar del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-

 

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente