BOLETIN OFICIAL Nº 66 – 12/06/2024

CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANTONIO.-

ORDENANZA N° 001/2024.-

SAN ANTONIO, 27 MAR. 2024.-

Ref.: CAPACITACION SOBRE AUTISMO PARA JARDINES MUNICIPALES Y PERSONAL MUNICIPAL.

VISTO:

La necesidad de una intervención temprana y efectiva cambia el pronóstico de un niño con autismo, cambia su calidad de vida familiar y reduce los costos asociados a tratar la condición, y;

CONSIDERANDO:

Que es una iniciativa la cual propone que se incorpore en el desarrollo curricular de la Educación Inicial de Jardines Maternales de gestión estatal municipal la capacitación para docentes, no docentes, directivos y padres sobre condiciones para el tratamiento del trastorno espectro autista (TEA);

Las acciones que se aplicaran al desarrollo curricular son:

*Capacitación de recursos humanos locales, es pesquisa alerta de señales — síntomas y ofrecimiento de una intervención efectiva en el aula, adecuando a educación inclusiva;

*Colaboración a los padres y docentes de niños con autismo, mediante estrategias implementadas por ellas mismas y el perfil de sus hijos;

*Atender las necesidades de las personas con autismo en su aprendizaje de instrumentos musicales, baile y otros;

*Importancia de la detención temprana de los desafíos en el desarrollo, atención individual de aprendizaje;

*Estimulación para personas con autismo y desafíos del desarrollo;

*Realizar jornadas de trabajo y sensibilización de modo lograr una concreta reglamentación e implementación insertando la temática en la agenda municipal;

Que estas capacitaciones al personal docente, no docente municipal sea signos de alertas al momento de interactuar con los chicos que tienen trastornos espectro autista;

Que sea una herramienta de capacitación importante dentro del ámbito municipal que puedan brindar y garantizar la comunicación, la interacción social y actividades recreativas lúdicas;

Y que no sea una afectación al niño o niña pudiendo despertar una constante sensación de miedo, aquejando el comportamiento y aprendizaje o aumentando el aislamiento y disminuyendo las relaciones;

Por Ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE SAN ANTONIO SANCIONA CON FUERZA DE

ORDENANZA:

Artículo 1°: Facúltese al Departamento Ejecutivo Municipal para que realice convenios el Hospital Nuestra Sra. Del Carmen con profesionales referentes al TEA, con la Dirección de Discapacidad de la Provincia y Centro de Educación Especial con el fin de seguir investigando y ampliando las intervenciones con la comunidad sobre TEA.-

Artículo 2°: La autoridad de aplicación de la presente ordenanza será la Dirección de Desarrollo Humano y Dirección de Educación Municipal, Consejo de la Mujer y ampliación para todas las áreas dependientes del Poder Ejecutivo y Legislativo.-

Artículo 3°: Declárese de Interés Municipal el día 2 de abril Día Mundial de la Concientización sobre el autismo de acuerdo a la resolución adoptada por la organización de las Naciones Unidas 62/139.-

Artículo 4°: Comuníquese, publíquese, regístrese.-

 

C.P. Antonio M. Fermi

Presidente