BOLETIN OFICIAL Nº 64 – 07/06/2024
ORDENANZA N° 283/2.024.-
FRACCIONAMIENTO DE INMUEBLE (PADRON A-110672)
VISTO
De la nota N° 092-II-2024
CONSIDERANDO:
La solicitud referente a autorizar el fraccionamiento como inmueble urbano, requiere una autorización especial del Concejo Deliberante;
Atento que se trata de una familia nativa de Lozano, que requiere el fraccionamiento para hace una división de la propiedad entre hermanos, es decir, sin fines de lucro.
Por consiguiente, de esta forma, se procede a la autorización de subdivisión del Inmueble y su modificación
POR ELLO;
EL CONCEJO DELIBERANTE DE YALA SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA:
ARTICULO 1°: Autorizar el fraccionamiento del inmueble Parcela 09, Padrón A-110672 circuns. 2 sección 3, manzana 20 ubicado la calle 25 de mayo esq. Juan D. Perón en la Localidad de Lozano, Departamento Dr. Manuel Belgrano, con superficies inferiores a la Ordenanza vigente, en los términos de la petición formulada en nota del 23 de febrero del 2024, por los Sras. Laura Graciela Farfán D.N.I 29.296.479, Dionicia Norma Farfán D.N.I 23.935.755, Arminda Mónica Farfán D.N.I 29.845.618, y Fátima Mariana Farfán D.N.I 33.924.233
ARTICULO 2º: A los fines de exacta interpretación y teniendo en cuenta el Art. N° 3 de la Ord. N° 193/20 que establece que las dimensiones de las parcelas pertenecientes al fraccionamiento de un lote deberán tener un frente mínimo de quince (15) metros y una superficie mínima de seiscientos (600) m2. Por lo cual, considerando los antecedentes expuestos se establece autorizar en carácter excepcional el fraccionamiento de superficies menores a las indicadas en el artículo citado con anterioridad.
a.- Las nuevas dimensiones autorizadas no podrán ser inferiores a:
- Frente Mínimo: diez (10) metros.
- Superficie Mínima: doscientos cincuenta (250) m2.
b.- La autorización estará condicionada a la aprobación de los planos de las construcciones preexistentes, de acuerdo con las especificaciones técnicas establecidas por el Departamento de Obras y Servicios de la Municipalidad de Yala.
ARTICULO 3º: Comuníquese al Departamento Ejecutivo. –
San Pablo, Sala de Sesiones, a los 04 días del mes de JUNIO de 2.024. –
Juan Gabriel Cabezas
Presidente