BOLETIN OFICIAL Nº 64 – 07/06/2024

DECRETO Nº 468-S/2024.-

EXPTE. Nº 726-132/2019.-

AGDOS. Nº 719-283/2020, N° 721-1528-2020, N° 713-1186/2020, N° 730-535/2020 y N° 780-536/2020.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 ABR. 2024.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Rectificase parcialmente el artículo 3º del Decreto N° 7144-S-2022, de fecha 22 de noviembre de 2022, en donde dice. “. al contrato de servicio en el cargo categoría A-1 (i-1), Agruparmiento Profesional Escalafón Profesional, ley N 4413, de la U. de O. R1 Ministerio de Salud …” debe decir: “… al contrato de servicio en la categoría A-1 (i-1), Agrupamiento Profesional, Escalafón Profesional, ley N° 4413, de la U. de O. R1 Ministerio de Salud ..”. –

ARTICULO 2º.- Rectificase parcialmente el artículo 11º del Decreto N° 7144-S-2022, de fecha 22 de noviembre de 2022, en donde dice: EJERCICIOS ANTERIORES-periodo consolidado) debe decir: “… EJERCICIOS ANTERIORES: (período no consolidado)…”.-

ARTÍCULO 3º.- El presente decreto será refrendado por los señores Ministros Jefe de Gabinete, de Salud y de Hacienda y Finanzas.-

ARTÍCULO 4º.- Regístrese. Tome Razón Fiscalía de Estado, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para difusión. Cumplido siga sucesivamente para conocimiento de la Dirección Provincial Presupuesto, Contaduría de la Provincia, y Dirección Provincial de Personal. Cumplido vuelva al Ministerio de Salud a sus efectos.-

 

C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR

GOBERNADOR