BOLETIN OFICIAL Nº 63 – 05/06/2024

La Dra. Ana María Del Huerto Sapag, jueza en Cámara en lo Civil y Comercial – Sala II – Vocalía 6, en el expediente C-245983/2024, caratulado: “Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: ROBLES, SANTOS FABIAN y otros c/ ESTADO PROVINCIAL – GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY”, notifica a quienes se consideren con derecho, de las providencias que a continuación dse transcriben: “San Salvador de Jujuy, 23 de Abril del 2.024. 1.-Téngase presente el informe actuarial que antecede. 2.- Téngase por presentado a la Dra. ALEJANDDRA NOELIA MELGAR DECAROLI en nombre y representación de los Sres. HILDA ANTONIOA ROBLES, DEMETRIO SILVERIO ROBLES y SANTOS FABIAN ROBLES, a mérito del Poder General para juicios, que debidamente juramentado acompaña, por parte y por constituido domicilio legal. 3.- Previo a correr TRASLADO de la presente demanda a los accionados dese cumplimiento con lo que se dispone a continuación. 4.- Cítase a MUNICIPALIDAD DE HUMAHUACA en los términos del Art. 534 inc. 1 y 2 de la Ley 5486, para que tomen conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos pidan participación como demandado, dentro del término de QUINCE DIAS hábiles bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. 5.- Asimismo citase a los colindantes del inmueble objeto de la presente medida, a los Sres.: MANUEL EDUARDO COLQUE Y ABRAHAM RAMOS y a los usuarios HILDA ANTONIOA ROBLES, DEMETRIO SILVERIO ROBLES y SANTOS FABIAN ROBLES, para que tomen conocimiento del presente juicio y si considerare afectados sus derechos pidan participación como demandado, dentro del término de QUINCE DIAS hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. 6. Cítase y emplácese a quienes se consideren con derecho sobre el inmueble individualizado como Padrón J-S/No, CIRCUNSCRIPCION 1, SECCION 1, PARCELA S/No, ubicado en Calle Avda. Costanera Bo La Cancha de la Ciudad de Humahuaca, Dpto. Humahuaca, de la Provincia de Jujuy; a fin de que tomen conocimiento del presente juicio y si consideraren afectados sus derechos, pidan participación como demandados, dentro del término de QUINCE DIAS hábiles de notificados, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos. Notifíquese mediante EDICTOS en el Boletín Oficial y un Diario local por TRES VECES en CINCO DIAS. 7.- Asimismo ordénase la exhibición de los EDICTOS ordenados precedentemente y transmítanse los mismos mediante radiodifusión local durante 30 (Treinta) días, debiéndose acreditar con la certificación respectiva conforme lo previsto en el Art. 535 de la Ley 5486 modificatoria del C.P.C. 8. Intímese a la parte actora a colocar el CARTEL INDICATIVO con las referencias y dimensiones dispuestas en el Art. 536 de la Ley 5486 debiendo acompañar fotografías certificadas del mismo en el plazo de QUINCE DIAS. 9.- Actuando en autos el principio contenido en el primer párrafo del art. 72 del C.P.C. impónese a la parte interesada la carga de confeccionar las diligencias y los EDICTOS ordenados para su posterior control y firma del tribunal los que deberán presentarse en bandeja de colaborativa de esta secretaría y Sala. 10.- Proveyendo escrito No1164415: Téngase presente la ampliación de la demanda y agréguese comprobante de pago de C.A.P.S.A.P. estampilla profesional y tasa de justicia que adjunta la Dra. Melgar Decaroli. 11.- Notifíquese por cédula”. “San Salvador de Jujuy 15 de Mayo del 2024. I.- Asistiéndole razón a lo manifestado por la Dra. Alejandra Melgar Decaroli, aclárese el proveído del 23/04/24 el que quedará redactado de la siguiente manera:”…Asimismo citase a los colindantes del inmueble objeto de la presente medida, a los Sres.: MANUEL EDUARDO COLQUE Y ABRAHAM RAMOS, para que tomen conocimiento del presente juicio y si considerare afectados sus derechos pidan participación como demandado, dentro del término de QUINCE DIAS hábiles, bajo apercibimiento de presumir que su incomparecencia no afecta sus derechos”.- II.- Notifíquese por cédula”. Fdo. Dra. Sapag, Ana María Del Huerto- Juez de la Cámara en lo Civil y Comercial, ante mi, Dra. Taglioli, Agustina Paola- Secretario de Primera Instancia.-

 

05/07/10 JUN. LIQ. Nº 36249 $2.250,00.-