BOLETIN OFICIAL Nº 61 – 31/05/2024
El Dr. Jorge Daniel Alsina, Presidente de Trámite de la Cámara en lo Civil y Comercial- Sala II- Vocalía 5, en Expte. Nº C-131.538/19, caratulado: “SANDE CLIDE MILAGROS c/ CAÑAZARES CARMEN ROSA s/PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE INMUEBLES” NOTIFICA sobre la adquisición del dominio sobre el inmueble individualizado como como Padrón A-17230, Matrícula A-8829-17230, Circunscripción 1, Sección 5, Mza. 159, Parcela 19, ubicado en calle La Posta Nº 80 del barrio Los Perales de esta ciudad, cuyas medidas son Fte.: 10,00 m; C/Fte.: 10,00 m Cdo.: 20,00 m y Cdo.: 20,00 m superficie s/ título y plano 200,00 m2 y linderos al Norte: parcela 20 Padrón A-17231; al Sur: parcela 17 Padrón A-11919 y parcela 18 Padrón A-17229; al Este con parcela 14 Padrón A-11916 y al Oeste: con calle La Posta, declarada por la Sentencia de fecha 23 de febrero de 2024, su aclaratoria de fecha 15 de marzo de 2024 y ampliación de aclaratoria del 30 de abril de 2024 dictadas en estos autos, que se transcribe: “En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, a los veintitrés días del mes de febrero del año dos mil veinticuatro, reunidos los Vocales de la Sala Segunda de la Cámara en lo Civil y Comercial, Doctores Daniel Alsina, María del Huerto Sapag y Enrique Mateo, vieron el Expte. Nº C-131.538/19: “Prescripción adquisitiva de inmuebles: Sande, Clide Milagros c/ Cañazares, Carmen Rosa” y su agregado Expte. Nº C-085.046/17: “Medidas Preparatorias: Sande, Clide Milagros c/ quienes se consideren con derecho; Cañazares, Carmen Rosa” y luego de deliberar (…) Resuelve: 1. Hacer lugar a la demanda ordinaria por prescripción adquisitiva de dominio promovida por Clide Milagros Sande en contra de Carmen Rosa Cañazares, declarar que por la posesión que ejerce desde hace más de veinte años, ha adquirido la propiedad del inmueble individualizado como Padrón A-17230, Matrícula A-8829-17230, Circunscripción 1, Sección 5, Mza. 159, Parcela 19, ubicado en calle La Posta Nº 80 del barrio Los Perales de esta ciudad, conforme plano de mensura para prescripción adquisitiva que se encuentra aprobado por Resolución N° 16369 de fecha 09/09/16. 2. Imponer las costas por el orden causado y diferir la regulación de los honorarios profesionales. 3. Publicar la parte dispositiva (artículo 541 del C.P.C.) y establecer el comienzo de la posesión el día 14/04/1.977 (artículo 1905 del C.C. y C.N.). 4. Oficiar a la Dirección de Inmuebles para que inscriba el dominio a nombre de Clide Milagros Sande.5. Notificar, protocolizar, informatizar, etc.” Publíquese en el Boletín oficial y en un Diario Local por tres (3) veces en cinco (5) días.- San Salvador de Jujuy, 21 de mayo del 2024.-
29/31 MAY. 03 JUN. LIQ. Nº 36173 $2.250,00.-