BOLETIN OFICIAL Nº 60 – 29/05/2024

Diego Armando Puca, Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº 2, Secretaria Nº 3, de la Provincia de Jujuy, hace saber al Sr. CRUZ, SILVIA ALICIA DNI Nº 26451120  que en el Expte. Nº C-194370/22, caratulado: “CREDINEA S.A. c/ CRUZ SILVIA ALICIA S/ Ejecutivo” se ha dictado la siguiente resolución: San Salvador de Jujuy, 22 de Marzo de 2024.- AUTOS Y VISTOS: Los del presente Expte. Nº C-194370/2022 caratulado: “Ejecutivo: CREDINEA S.A. C/ Silvia Alicia Cruz”, del que: RESULTA: CONSIDERANDO: RESUELVE: 1.- Mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por CREDINEA S.A. en contra de la Sra. Silvia Alicia Cruz, D.N.I. Nº 26.451.120, hasta hacerse el acreedor del íntegro pago del capital reclamado, o sea la suma de pesos ocho mil doscientos veintiuno con 10/100 ctvos. ($ 8.621,10). 2.- Adicionar al capital reclamado los intereses compensatorios morigerados en una suma equivalente a la Tasa Activa de conformidad a la Doctrina del Superior Tribunal de Justicia en la causa: “Recurso de inconstitucionalidad interpuesto en el expte. Nº B-145.731/05 (Sala I- Tribunal del Trabajo) Indemnización por despido incausado y otros rubros: Zamudio, Silvia Zulema c/ Achi Yolanda y otro”, (L. A. 54, Fº 673-678- Nº 235), desde la fecha de vencimiento del título (10/04/2019) y hasta su efectivo pago. 3.- Adicionar al capital reclamado los intereses punitorios morigerados, los cuales se determinan en una suma dineraria equivalente al 50% de los intereses moratorios, 4.- Hacer efectivo el apercibimiento oportunamente decretado en contra de la parte demandada, en consecuencia, notifíquese ésta resolución y las resolución de regulación de honorarios por cédula y las restantes por Ministerio de la Ley.- 5.- Imponer las costas a la parte vencida (Art. 102 del C.P.C.).- 6.- Diferir la regulación de Honorarios profesionales hasta tanto exista planilla de liquidación firme y consentida.- 7.- Intimar, firme la presente resolución, a la parte actora, a retirar de la Secretaría el documento original motivo de la presente ejecución, en el término de cinco días de notificado.- 8.- Notificar, agregar copia en autos, protocolizar Dr. Diego Armando Puca- Juez- Ante mi: Dr. Juan P. Zalazar Reinaldi Pro-Secretario. Publíquense Edictos en el Boletín Oficial y en un Diario Local tres veces por cinco días.-

 

29/31 MAY. 03 JUN. LIQ. Nº 35776 $2.250,00.-